Reglamento (UE) nº 184/2011 de la Comisión, de 25 de febrero de 2011, relativo a la autorización de Bacillus subtilis C-3102 (DSM 15544) como aditivo para piensos destinados a pollitas para puesta, pavos, especies menores de aves y otras aves ornamentales y de caza (titular de la autorización: Calpis Co. Ltd. Japan, representada por Calpis Co. Ltd. Europe Representative Office)
Section | Reglamento |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
26.2.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 53/33
ES
REGLAMENTO (UE) N o 184/2011 DE LA COMISIÓN
de 25 de febrero de 2011
relativo a la autorización de Bacillus subtilis C-3102 (DSM 15544) como aditivo para piensos destinados a pollitas para puesta, pavos, especies menores de aves y otras aves ornamentales y de caza (titular de la autorización: Calpis Co. Ltd. Japan, representada por Calpis Co. Ltd. Europe
Representative Office)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n o 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal
( 1 ), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) El Reglamento (CE) n o 1831/2003 prevé la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización.
(2) De conformidad con el artículo 7 del Reglamento (CE) n o 1831/2003, se ha presentado una solicitud para la autorización del preparado que figura en el anexo del presente Reglamento. Esta solicitud iba acompañada de la información y la documentación exigidas en el apartado 3 del citado artículo.
(3) La solicitud tiene por objeto la autorización de un nuevo uso de Bacillus subtilis C-3102 (DSM 15544) como aditivo en piensos para pollitas para puesta, pavos y especies menores de aves, que debe ser clasificado en la categoría de «aditivos zootécnicos».
(4) El uso de Bacillus subtilis C-3102 (DSM 15544) fue autorizado durante diez años para pollos de engorde por el Reglamento (CE) n o 1444/2006 de la Comisión
( 2 ) y para lechones destetados por el Reglamento (UE) n o 333/2010 de la Comisión
( 3 ).
(5) Se han presentado nuevos datos en apoyo de la solicitud de autorización del preparado para pollitas para puesta, pavos y especies menores de aves. En su dictamen de 5 de octubre de 2010
( 4
), la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad») concluyó que el uso de Bacillus subtilis C-3102 (DSM 15544) en las condiciones propuestas no tiene efectos adversos para la salud de los animales, la salud humana o el medio ambiente, y que su uso puede mejorar el aumento de peso de las especies destinatarias. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. Asimismo, verificó el informe sobre el...
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