Reglamento de Ejecución (UE) nº 349/2013 de la Comisión, de 17 de abril de 2013, que modifica el porcentaje del derecho adicional de los productos de la lista del anexo I del Reglamento (CE) nº 673/2005 del Consejo, por el que se establecen derechos de aduana adicionales sobre las importaciones de determinados productos originarios de los Estados Unidos de América

Enforcement date:April 18, 2013
SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 108/6 Diario Oficial de la Unión Europea 18.4.2013

ES

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 349/2013 DE LA COMISIÓN

de 17 de abril de 2013

que modifica el porcentaje del derecho adicional de los productos de la lista del anexo I del Reglamento (CE) n o 673/2005 del Consejo, por el que se establecen derechos de aduana adicionales sobre las importaciones de determinados productos originarios de los Estados Unidos de América

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 673/2005 del Consejo, de 25 de abril de 2005, por el que se establecen derechos de aduana adicionales sobre las importaciones de determinados productos originarios de los Estados Unidos de América

( 1 ), y, en particular, su artículo 3,

Considerando lo siguiente:

(1) Como resultado del incumplimiento por los Estados Unidos de la obligación contraída en virtud de los acuerdos de la OMC de ajustar su Ley de compensación por continuación del dumping o mantenimiento de las subvenciones (Continued Dumping and Subsidy Offset Act, CDSOA), el Reglamento (CE) n o 673/2005 impuso a las importaciones de determinados productos originarios de los Estados Unidos de América, a partir del 1 de mayo de 2005, un derecho adicional ad valorem de un 15 %. De conformidad con la autorización de la OMC para suspender la aplicación de concesiones a los Estados Unidos, la Comisión ajusta anualmente el nivel de suspensión al nivel de anulación o menoscabo causado por la CDSOA a la Unión Europea en ese momento.

(2) Los desembolsos efectuados en el marco de la CDSOA durante el último año del que se disponen datos se refieren a la distribución de derechos antidumping o compensatorios recaudados durante el ejercicio fiscal 2012 (del 1 de octubre de 2011 al 30 de septiembre de 2012), así como a la distribución adicional de 2012 en el marco de la CDSOA de derechos antidumping o compensatorios retenidos durante los ejercicios fiscales 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010, respectivamente. A partir de los datos publicados por el Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de los Estados Unidos, se calcula en 60 774 402 USD el nivel de anulación o menoscabo causado a la Unión.

(3) Como el nivel de anulación o menoscabo y, por lo tanto, el de suspensión han aumentado, el último producto de la lista del anexo II del Reglamento (CE) n o 673/2005 debe añadirse a la lista...

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