Reglamento (CE) nº 2278/2004 de la Comisión, de 30 de diciembre de 2004, que modifica el Reglamento (CE) nº 2759/1999 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 1268/1999 del Consejo relativo a la ayuda comunitaria para la aplicación de medidas de preadhesión en los sectores de la agricultura y el desarrollo...

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 2278/2004 DE LA COMISIÓN

de 30 de diciembre de 2004

que modifica el Reglamento (CE) no 2759/1999 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1268/1999 del Consejo relativo a la ayuda comunitaria para la aplicación de medidas de preadhesión en los sectores de la agricultura y el desarrollo rural de los países candidatos de Europa Central y Oriental durante el período de preadhesión

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1268/1999 del Consejo, de 21 de junio de 1999, relativo a la ayuda comunitaria para la aplicación de medidas de preadhesión en los sectores de la agricultura y el desarrollorural de los países candidatos de Europa Central y Oriental durante el período de preadhesión (1) y, en particular, el apartado 1 de su artículo 12,

Considerando lo siguiente:

(1) El apartado 1 del artículo 26 del Reglamento (CE) no 1257/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, sobre la ayuda al desarrollo rural a cargo del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) y por el que se modifican y derogan determinados Reglamentos (2), en su versión modificada por el Reglamento (CE) no 1783/2003 (3), incluye determinadas disposiciones que no son aplicables directamente a los países beneficiarios de acuerdo con el Reglamento (CE) no 1268/1999. Por lo tanto, no puede seguir haciéndose referencia en el artículo 3 delReglamento (CE) no 2759/1999 de la Comisión (4) al artículo 26. Procede, pues, introducir en el apartado 1 del artículo 3 del Reglamento (CE) no 2759/1999 disposiciones específicas que tengan en cuenta la situación de los países candidatos.

(2) El artículo 8 del Reglamento (CE) no 1268/1999 se refiere al porcentaje de la contribución comunitaria y a la cuantía de la ayuda. El apartado 2 de ese artículo aumenta el tope de las ayudas públicas a las inversiones en explotaciones agrícolas y, entre otras, el de las inversiones que llevan a cabo los jóvenes agricultores o se efectúan en zonas montañosas. Estos términos deben definirse de acuerdo con los principios aplicables a los Estados miembros.

(3) Por lo tanto, debe modificarse en consecuencia el Reglamento (CE) no 2759/1999.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de estructuras agrarias y desarrollo rural.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El Reglamento (CE)...

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