Decisión de la Comisión, de 27 de agosto de 2003, que modifica la Decisión 2000/367/CE que establece un sistema de clasificación de las propiedades de resistencia al fuego de los productos de construcción, en lo que respecta la inclusión de productos para el control de calor y humo  

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

II (Actos cuya publicación no es una condición para su aplicabilidad) COMISIÓN DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 27 de agosto de 2003 que modifica la Decisión 2000/367/CE que establece un sistema de clasificación de las propiedades de resistencia al fuego de los productos de construcción, en lo que respecta la inclusión de productos para el control de calor y humo [notificada con el número C(2003) 2851] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2003/629/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales,

reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción (1), modificada por la Directiva 93/68/CEE (2), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 20,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2000/367 CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, por la que se aplica la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que respecta a la clasificación de las propiedades de resistencia al fuego de los productos de construcción, las obras de construcción y los elementos de los mismos (3) debe, en aras de su adaptación alprogreso técnico, incluir también a los productos para el control de calor y humo.

(2) La Decisión 2000/367/CE debe, por tanto, modificarse en consecuencia.

(3) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de la construcción.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo de la Decisión 2000/367/CE queda modificado con arreglo al anexo de la presente Decisión.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en Bruselas, el 27 de agosto de 2003.

Por la Comisión Erkki LIIKANEN Miembro de la Comisión

(1) DO L 40 de 11.2.1989, p. 12.

(2) DO L 220 de 30.8.1993, p. 1.

(3) DO L 133 de 6.6.2000, p. 26.

ANEXO El anexo de laDecisión 2000/367/CE queda modificado como sigue:

1) La sección denominada «Símbolos» queda modificada como sigue:

a) En el cuadro, se añaden las filas siguientes:

D Duración de la estabilidad a temperatura constante DH Duración de la estabilidad considerando la curva normalizada tiempo-temperatura F Funcionalidad de los extractores mecánicos de humo y calor B Funcionalidad de los extractores pasivos de humo y calor

b) En la nota 2, «EN 13501-4» se inserta después de «EN 13501-3».

2) La sección titulada...

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