Decisión 2014/385/PESC del Consejo, de 23 de junio de 2014, por la que se prorroga el mandato del Representante Especial de la Unión Europea para los Derechos Humanos

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión Europea

24.6.2014 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 183/66

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, sus artículos 31, apartado 2, y 33,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 25 de junio de 2012 el Consejo adoptó, el Marco estratégico de la UE sobre derechos humanos y democracia, así como un Plan de Acción de la UE para los derechos humanos y la democracia.

(2) El 25 de julio de 2012 el Consejo adoptó la Decisión 2012/440/PESC (1) por la que se nombra a D. Stavros LAMBRINIDIS Representante Especial de la Unión Europea para los Derechos Humanos. El mandato del REUE expira el 30 de junio de 2014.

(3) El mandato del REUE debería prorrogarse por un nuevo período de 8 meses.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

El mandato de D. Stavros LAMBRINIDIS como Representante Especial de la Unión Europea para los Derechos Humanos se prorroga hasta el 28 de febrero de 2015. El. El Consejo podrá decidir que el mandato del REUE concluya antes, en base al asesoramiento del Comité Político y de Seguridad (CPS) y a propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (AR).

El mandato del REUE se basará en los objetivos de actuación de la Unión sobre derechos humanos que establecen el Tratado y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, así como la Estrategia de la UE sobre derechos humanos y democracia y el Plan de Acción de la UE para los derechos humanos y la democracia, a saber:

a) fomentar la eficacia, presencia y notoriedad de la Unión Europea en la defensa y promoción de los derechos humanos en el mundo, en particular intensificando la colaboración y el diálogo político entre la Unión y los países terceros, los socios interesados, el mundo empresarial, la sociedad civil, las organizaciones internacionales y regionales, así como la actuación en los foros internacionales pertinentes;

b) potenciar la contribución de la Unión Europea al fortalecimiento de la democracia y la consolidación institucional, el Estado de Derecho, el buen gobierno y el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales en todo el mundo;

c) dar mayor coherencia a la actuación de la UE en el campo de los derechos humanos y a la integración de los derechos humanos en todos los ámbitos de la acción exterior de la Unión.

Para alcanzar los objetivos de actuación, el mandato...

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