Decisión de la Comisión, de 23 de enero de 2004, relativa a medidas de protección contra la influenza aviar en Tailandia [notificada con el número C(2004) 171]

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 23 de enero de 2004 relativa a medidas de protección contra la influenza aviar en Tailandia [notificada con el número C(2004) 171] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2004/84/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 97/78/CE del Consejo, de 18 de diciembre de 1997, por la que se establecen los principios relativos a la organización de controles veterinarios de los productos que se introduzcan en la Comunidad procedentes de países terceros (1 ), y, en particular, los apartados 1 y 5 de su artículo 22,

Considerando lo siguiente:

(1) Tailandia ha comunicado la existencia de un brote de influenza aviar en aves de corral.

(2) También se ha comunicado la existencia en Tailandia de un caso de infección en seres humanos con la cepa del virus de la influenza aviar.

(3) De acuerdo con lo dispuesto en las Directivas 97/78/CE y 91/496/CEE (2 ), deben adoptarse medidas en caso de que en el territorio de un tercer país se manifieste o se propague una de las enfermedades a que se refiere la Directiva 82/894/CEE del Consejo (3 ) u otra enfermedad, o cualquier otro fenómeno o circunstancia que pueda constituir una grave amenaza para la salud pública o la sanidad animal.

(4) No se autoriza la importación de aves de corral y rátidas vivas ni de sus huevos procedentes de Tailandia; no obstante, la importación de determinados productos de volatería originarios de Tailandia podría presentar un riesgo de introducción de la enfermedad.

(5) Por consiguiente, y dada la gravedad de los riesgos, deberán suspenderse inmediatamente las importaciones en la Comunidad, procedentes de Tailandia, de carne fresca de aves de corral, rátidas, caza de cría de pluma y caza silvestre de pluma, preparados a base de carne de aves de corral, productos a base de carne de aves de corral y preparados a base de carne de las especies antes citadas o que contengan dicha carne, de materia prima para la producción de alimentos para animales de compañía, obtenida a partir de aves de corral sacrificadas después del 1 de enero de 2004, y de huevos destinados al consumo humano.

(6) La Decisión 97/222/CE de la Comisión (4 ) establece la lista de los terceros países desde los cuales los Estados miembros pueden autorizar la importación de productos cárnicos y establece una serie de tratamientos destinados a reducir el riesgo de...

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