Recurso interpuesto el 16 de diciembre de 2015 contra Islandia por el Órgano de Vigilancia de la AELC (Asunto E-30/15)

Sectioninformación judicial

16.6.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 216/8

El 16 de diciembre de 2015, el Órgano de Vigilancia de la AELC, con dirección en 35 Rue Belliard, 1040 Bruselas, Bélgica, representado por Carsten Zatschler, Clémence Perrin y Marlene Lie Hakkebo, agentes de dicho Órgano, interpuso un recurso ante el Tribunal de la AELC contra Islandia.

El Órgano de Vigilancia de la AELC solicita al Tribunal que:

1. Declare que Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del acto mencionado en el punto 15q del capítulo XIII del anexo II del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Directiva 2011/62/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, que modifica la Directiva 2001/83/CE por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos de uso humano, en lo relativo a la prevención de la entrada de medicamentos falsificados en la cadena de suministro legal), adaptado al Acuerdo mediante su Protocolo 1, y del artículo 7 del Acuerdo, al no haber adoptado las disposiciones necesarias para la incorporación del acto a su ordenamiento jurídico en el plazo prescrito o, en cualquier caso, al no haber informado al Órgano de Vigilancia de la AELC.

2. Condene en costas a Islandia.

— La solicitud se refiere al hecho de que Islandia no dio cumplimiento, a más tardar el 14 de marzo de 2015, a un dictamen motivado emitido por el Órgano de Vigilancia de la AELC el 14 de...

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