Recurso interpuesto el 17 de diciembre de 2015 contra Islandia por el Órgano de Vigilancia de la AELC (Asunto E-31/15)

Sectioninformación judicial

16.6.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 216/9

El 17 de diciembre de 2015, el Órgano de Vigilancia de la AELC, con dirección en 35 Rue Belliard, 1040 Bruselas, Bélgica, representado por Carsten Zatschler, Øyvind Bø e Íris Ísberg, agentes de dicho Órgano, interpuso un recurso ante el Tribunal de la AELC contra Islandia.

El Órgano de Vigilancia de la AELC solicita al Tribunal que:

1. Declare que Islandia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del acto mencionado en el punto 9f del anexo XVII del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Directiva 2011/77/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2011, por la que se modifica la Directiva 2006/116/CE relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines), adaptado al Acuerdo mediante su Protocolo 1, y en virtud del artículo 7 del Acuerdo, al no haber adoptado las disposiciones necesarias para la aplicación del acto en el plazo prescrito o, en cualquier caso, al no haber informado al Órgano de Vigilancia de la AELC.

2. Condene en costas a Islandia.

— La solicitud se refiere al hecho de que Islandia no ha dado cumplimiento, a más tardar el 8 de junio de 2015, al dictamen motivado emitido por el Órgano...

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