Reglamento Delegado (UE) 2017/286 de la Comisión, de 17 de febrero de 2017, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2016/1613 en lo que atañe a los ganaderos de las regiones de Italia afectadas por el terremoto

SectionReglamento delegado
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

18.2.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 42/7

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (1), y en particular su artículo 219, apartado 1, leído en relación con su artículo 228,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento Delegado (UE) 2016/1613 de la Comisión (2) fue aprobado para responder a las perturbaciones del mercado en el sector de la leche debido al desequilibrio entre la oferta y la demanda a escala mundial, y en otros sectores ganaderos, en particular en los de la carne de porcino, la carne de vacuno y la carne de ovino y caprino, que también estaban sufriendo dificultades de mercado.

(2) El terremoto que sacudió el centro de Italia el 24 de agosto de 2016 causó importantes daños humanos y materiales, que provocaron perturbaciones del mercado excepcionalmente graves en las regiones afectadas por el terremoto; se trata fundamentalmente de zonas de montaña que sufren desventajas estructurales en las cuales la ganadería tiene una enorme importancia económica y social. Habida cuenta de que la región sigue sufriendo réplicas y nuevos terremotos, el recurso a la ayuda financiera prevista por el Reglamento Delegado (UE) 2016/1613 ha adquirido un carácter aún más crucial para Italia.

(3) Dado que el importe asignado a Italia en virtud del Reglamento Delegado (UE) 2016/1613 solo compensará un importe limitado de las pérdidas realmente sufridas por los ganaderos en las regiones afectadas por el terremoto, procede disponer que Italia pueda conceder ayuda suplementaria a dichos ganaderos mediante el aumento de la ayuda que recibe de la UE.

(4) El Reglamento Delegado (UE) 2016/1613 estableció el 30 de septiembre de 2017 como plazo para efectuar los gastos correspondientes con el fin de que dichos pagos puedan optar a la ayuda de la Unión, sin que se supiera en ese momento que la situación particular en las regiones italianas afectadas por el terremoto seguiría deteriorándose. Procede, por tanto, posponer dicho plazo para los gastos correspondientes que se efectúen en una fecha posterior.

(5) Resulta igualmente adecuado posponer el plazo para que Italia notifique los importes totales abonados por medida...

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