Reglamento Delegado (UE) 2019/946 de la Comisión, de 12 de marzo de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) n.° 515/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a la asignación de financiación con cargo al presupuesto de la UE para cubrir los costes derivados del desarrollo del Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes

SectionReglamento delegado
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

11.6.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 152/41

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 515/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, por el que se establece, como parte del Fondo de Seguridad Interior, el instrumento de apoyo financiero a las fronteras exteriores y los visados y por el que se deroga la Decisión 574/2007/CE (1), y en particular su artículo 15, párrafo segundo,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (UE) n.o 515/2014 asigna 791 000 000 EUR para el desarrollo de sistemas informáticos en apoyo de la gestión de los flujos migratorios en las fronteras exteriores, a reserva de la adopción de los actos legislativos de la Unión pertinentes.

(2) El artículo 15 del Reglamento (UE) n.o 515/2014 faculta a la Comisión para adoptar un acto delegado por el que se establezca el desglose del importe mencionado en el artículo 5, apartado 5, letra b), del Reglamento (UE) n.o 15/2014 para el desarrollo de sistemas informáticos, en caso de que el desglose de dicho importe no se realice en los actos legislativos de la Unión pertinentes.

(3) El Reglamento (UE) 2018/1240 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) estableció un Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV). El SEIAV es un componente esencial de los sistemas informáticos mencionados en el Reglamento (UE) n.o 515/2014.

(4) El Reglamento (UE) 2018/1240 no determina ni la cuantía total de la financiación que debe movilizarse de la dotación financiera de 791 000 000 EUR prevista en el Reglamento (UE) n.o 515/2014 para cubrir los costes relacionados con el desarrollo del SEIAV, ni su desglose por tipo de costes y beneficiarios. Por tanto, es necesario determinar dicha asignación, así como el desglose respectivo entre los diferentes beneficiarios, mediante un acto delegado de la Comisión, de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 515/2014.

(5) El Reglamento (UE) n.o 515/2014 establece [en su artículo 6, apartado 3 bis] el importe total de 96,5 millones EUR que los Estados miembros deben recibir para cubrir los costes relacionados con el desarrollo del SEIAV.

(6) Del importe previsto en el artículo 5, apartado 5, letra b), del Reglamento (UE) n.o 515/2014, debe ponerse a disposición una asignación global de 209 904 000 EUR para sufragar los gastos relacionados con la aplicación del artículo 85, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1240.

(7) De esa dotación global, se asignará un importe de 100 873 000 EUR a la Agencia Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia, creada por el Reglamento (UE) 2018/1726 del Parlamento Europeo y del Consejo (3) («eu-LISA»). Esta financiación debe cubrir, a tenor de lo dispuesto en el artículo 85, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1240, los costes contraídos por eu-LISA para el desarrollo del sistema de información del SEIAV, en particular un sistema centra;, una interfaz nacional uniforme (INU) en cada Estado miembro; una infraestructura de comunicación segura entre el sistema central y las interfaces nacionales uniformes, que incluya un sitio web público y una aplicación móvil para dispositivos móviles; un servicio de correo electrónico; un servicio de cuenta segura; una pasarela para los transportistas; un servicio web y un programa informático que permita a la unidad central del SEIAV y a las unidades nacionales del SEIAV tramitar las solicitudes.

(8) De esa dotación global, se asignará un importe de 12 531 000 EUR a la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex), creada por el Reglamento (UE) 2016/1624 del Parlamento Europeo y del Consejo (4). Esta financiación debe cubrir, a tenor de lo dispuesto en el artículo 85, apartado 1, del Reglamento (UE) 2018/1240, los costes contraídos por Frontex para la creación de la unidad central del SEIAV, incluida la preparación de los espacios de oficina, la adquisición e instalación de los equipos informáticos que utilizará el personal y la contratación y formación de los miembros del personal de la unidad central.

(9) De esa dotación global, se asignará un importe global de 96 500 000 EUR a los Estados miembros que aplican el SEIAV. Esta financiación debe...

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