Reglamento Delegado (UE) 2020/447 de la Comisión de 16 de diciembre de 2019 por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación sobre la especificación de criterios para determinar los mecanismos que reducen adecuadamente el riesgo de crédito de contraparte asociado a los bonos garantizados y las titulizaciones, y por el que se modifican los Reglamentos Delegados (UE) 2015/2205 y (UE) 2016/1178

Enforcement date:April 16, 2020
SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

27.3.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 94/5

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 648/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2012, relativo a los derivados extrabursátiles, las entidades de contrapartida central y los registros de operaciones (1), y en particular su artículo 4, apartado 6,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (UE) 2017/2402 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) modificó el Reglamento (UE) n.o 648/2012 a fin de incluir en él determinadas condiciones con arreglo a las cuales pueden quedar exentos de la obligación de compensación los contratos de derivados extrabursátiles celebrados por entidades de bonos garantizados en conexión con bonos garantizados, y los contratos de derivados extrabursátiles celebrados por vehículos especializados en titulizaciones en conexión con titulizaciones.

(2) Los Reglamentos Delegados (UE) 2015/2205 (3) y (UE) 2016/1178 (4) de la Comisión contienen ya una serie de condiciones con arreglo a las cuales los contratos de derivados extrabursátiles celebrados por una entidad de bonos garantizados en conexión con un bono garantizado pueden quedar exentos de la obligación de compensación.

(3) Existe cierto grado de intercambiabilidad entre, por un lado, los contratos de derivados extrabursátiles celebrados por entidades de bonos garantizados en conexión con bonos garantizados y, por otro, los contratos de derivados extrabursátiles celebrados por vehículos especializados en titulizaciones en conexión con titulizaciones. Para evitar toda posible distorsión o arbitraje, su tratamiento desde la óptica de la obligación de compensación debe ser coherente.

(4) Procede, por tanto, habida cuenta, asimismo, de la modificación del Reglamento (UE) n.o 648/2012 mediante el Reglamento (UE) 2017/2402, eliminar de los Reglamentos Delegados (UE) 2015/2205 y (UE) 2016/1178 todas las condiciones con arreglo a las cuales los contratos de derivados extrabursátiles celebrados por una entidad de bonos garantizados en conexión con un bono garantizado pueden quedar exentos de la obligación de compensación, e introducir dichas condiciones en un nuevo Reglamento Delegado que recoja también las condiciones con arreglo a las cuales los contratos de derivados extrabursátiles celebrados por un vehículo especializado en titulizaciones en conexión con una titulización pueden quedar exentos de dicha obligación de compensación.

(5) Procede, por tanto, modificar el Reglamento Delegado (UE)...

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