Reglamento Delegado (UE) 2021/702 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2020, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2015/2195, que complementa el Reglamento (UE) n.o 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo al Fondo Social Europeo, en lo que respecta a la definición de baremos estándar de costes unitarios e importes a tanto alzado para el reembolso de gastos a los Estados miembros por parte de la Comisión

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

30.4.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 148/1

(1) Con el fin de simplificar la utilización del Fondo Social Europeo (FSE) y de reducir la carga administrativa para los beneficiarios, es conveniente aumentar el ámbito de aplicación de los baremos estándar de costes unitarios y los importes a tanto alzado disponibles para el reembolso a los Estados miembros. Los baremos estándar de costes unitarios y los importes a tanto alzado para el reembolso a los Estados miembros deben establecerse a partir de los datos presentados por estos o publicados por Eurostat y con arreglo a métodos decididos de común acuerdo, en especial los establecidos en el artículo 67, apartado 5, y el tipo fijo establecido en artículo 68 ter, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

(2) Teniendo en cuenta las disparidades tan importantes que existen entre Estados miembros en relación con el nivel de costes correspondiente a un tipo de operación determinado, la definición y las cuantías de los baremos estándar de costes unitarios y de los importes a tanto alzado pueden diferir en función del tipo de operación y del Estado miembro en cuestión a fin de reflejar sus características específicas.

(3) Francia, Chequia, Malta, Italia, Alemania, Austria, Lituania, Polonia, Chipre, Croacia y Portugal han presentado métodos destinados a modificar los baremos estándar de costes unitarios actuales o a definir otros adicionales a efectos de los reembolsos por parte de la Comisión relativos a tipos de operaciones que aún no están incluidas en el ámbito de aplicación del Reglamento Delegado (UE) 2015/2195 de la Comisión (3).

(4) En el caso de los baremos estándar de los costes unitarios relacionados con operaciones de apoyo a la formación y el asesoramiento aplicables a todos los Estados miembros, deben actualizarse los importes en consonancia con los cambios en los costes.

(5) En el caso de las operaciones en las que la ejecución de una acción se vea afectada por medidas restrictivas impuestas por las autoridades competentes de un Estado miembro para retrasar la propagación del coronavirus, deben establecerse las condiciones para la utilización de baremos estándar de costes unitarios e importes a tanto alzado.

(6) Procede, por tanto, modificar el Reglamento Delegado (UE) 2015/2195 en consecuencia.

1) En el artículo 3, se añaden los párrafos siguientes: «Cuando las condiciones pertinentes para el reembolso por parte de la Comisión, tal como se definen en los anexos, no puedan cumplirse debido a las restricciones impuestas o a las recomendaciones emitidas por las autoridades competentes de los Estados miembros para retrasar la propagación del coronavirus, la Comisión podrá reembolsar a los Estados miembros sobre la base de los recursos, las realizaciones o los resultados obtenidos a través de medios a distancia. En el caso de las operaciones a que se refiere el párrafo segundo, no se aplicará la obligación establecida en los anexos de utilizar una opción de costes simplificados para todos los tipos similares de operaciones en el marco del mismo programa operativo.».

2) El anexo II se sustituye por el texto del anexo I del presente Reglamento.

3) El anexo III se sustituye por el texto del anexo II del presente Reglamento.

4) El anexo V se sustituye por el texto del anexo III del presente Reglamento.

5) El anexo VI se sustituye por el texto del anexo IV del presente Reglamento.

6) El anexo VIII se sustituye por el texto del anexo V del presente Reglamento.

7) El anexo X se sustituye por el texto del anexo VI del presente Reglamento.

8) El anexo XI se sustituye por el texto del anexo VII del presente Reglamento.

9) El anexo XII se sustituye por el texto del anexo VIII del presente Reglamento.

10) El anexo XIV se sustituye por el texto del anexo IX del presente Reglamento.

11) El anexo XV se sustituye por el texto del anexo X del presente Reglamento.

12) El anexo XVI se sustituye por el texto del anexo XI del presente Reglamento.

13) El anexo XXI se sustituye por el texto del anexo XII del presente Reglamento.

Tipo de operaciones Nombre del indicador Categoría de costes Unidad de medida para el indicador Cantidades/Importes (en EUR) 1. “Garantía para los jóvenes”, que recibe apoyo en el marco del eje prioritario 1 “Acompañar a los jóvenes ninis en y hacia el empleo” del “Programa operativo nacional destinado a la implementación de la iniciativa para el empleo de los jóvenes en la metrópoli y en ultramar” (CCI-2014FR05M9OP001) y el eje prioritario correspondiente del “Programa operativo nacional del FSE empleo e inclusión 2014-2020” (CCI-2014FR05SFOP001)

— asignaciones pagadas al participante

— costes de activación sufragados por las asociaciones denominadas “misiones locales”

— han iniciado una formación profesional conducente a una cualificación a través de: — la participación en una formación de aprendizaje permanente, o

— la participación en una formación profesional básica,

— han creado una empresa, o

— han encontrado un empleo, o

— han pasado al menos 80 días laborables en un entorno profesional (remunerado o no).

  1. Formación para desempleados facilitada por instituciones de formación acreditadas, con el apoyo del programa operativo “Isla de Francia” (CCI 2014FR05M0OP001)

    — recibieron un título o una confirmación de las competencias adquiridas al término de su formación,

    — encontraron un empleo de un mes de duración como mínimo,

    — se inscribieron en un curso de formación profesional adicional,

    — se reinscribieron en su anterior programa educativo después de una interrupción, o

    — accedieron a un proceso formal de validación de las competencias adquiridas.

  2. Formación de los desempleados facilitada por instituciones de formación acreditadas, con el apoyo de los programas operativos siguientes: “Ródano-Alpes” (CCI 2014FR16M2OP010)

    y

    “Auvernia” (CCI 2014FR16M0OP002)

    — recibieron un título respaldado oficialmente por un colegio profesional o un organismo público,

    — recibieron una certificación de las competencias adquiridas al término de su formación,

    — encontraron un empleo,

    — se inscribieron en un curso de formación profesional adicional,

    — se reinscribieron en su anterior programa educativo después de una interrupción, o

    — accedieron a un proceso formal de validación de las competencias adquiridas.

  3. Cursos de formación profesional inicial o continua en el marco del programa operativo del FSE “Reunión” (CCI 2014FR05SFOP005), eje prioritario 1: fomentar el desarrollo de una sociedad basada en el conocimiento, competitiva e innovadora

  4. Formación profesional de precualificación para adultos en el marco del programa operativo FSE “Reunión” (CCI 2014FR05SFOP005), eje prioritario 1: fomentar el desarrollo de una sociedad basada en el conocimiento, competitiva e innovadora

  5. Cursos de formación profesional y de formación continua con certificación a través de contratación pública en el marco del programa operativo del FSE “Reunión” (CCI 2014FR05SFOP005) — Eje prioritario 1: fomentar el desarrollo de una sociedad basada en el conocimiento, competitiva e innovadora

    — Eje prioritario 2: respaldar el acceso al empleo mediante el desarrollo de las capacidades y la movilidad

    — Eje prioritario 3: promover la inclusión social y luchar contra la pobreza mediante el refuerzo de la formación y del apoyo públicos

  6. Formación profesional en el ámbito de la salud conducente a una cualificación, en el marco del programa operativo del FSE “Reunión” (CCI 2014FR05SFOP005) — Eje prioritario 1: fomentar el desarrollo de una sociedad basada en el conocimiento, competitiva e innovadora

  7. Formación profesional certificada en el ámbito social (“formations sociales diplômantes”) en el marco del eje prioritario 1 del programa operativo del FSE “Reunión” (CCI 2014FR05SFOP005)

  8. Formación profesional certificada EGCR en el marco del eje prioritario 1 del programa operativo del FSE “Reunión” (CCI 2014FR05SFOP005)

    Fórmula de revisión del baremo: B — B0 (Im/I0)

    B — importe del baremo revisado N

    B0 — importe del baremo inicial (N-1)

    I0 — valor de referencia, que es el último valor conocido del índice Syntec el 1 de enero, año N-1

    Im — I0-doce meses

    Tipo de operaciones Nombre del indicador Categoría de costes Unidad de medida para el indicador Cantidades/Importes (en EUR) Asistencia técnica Eje prioritario 4 2014FR05SFOP001 PO FSE Eje prioritario 2 2014FR05M9OP001 PO IEJ Nuevo gasto total incluido en una solicitud de pago (es decir, el gasto total subvencionable incluido en una solicitud de pago que aún no se ha tomado en consideración para el cálculo de un tramo de 100 000 EUR) Todos los costes subvencionables Tramos de 100 000 EUR del gasto total nuevo incluido en una solicitud de pago presentada a la Comisión Europea hasta alcanzar la cantidad máxima presupuestada en el marco del eje prioritario de asistencia técnica 3 716,64 ».

    Tipo de operaciones Nombre del indicador Categoría de costes (1) Unidad de medida para el indicador Cantidades/Importes (en la divisa nacional [CZK], salvo indicación en contrario) 1. Creación de una nueva escuela de educación infantil en el marco del eje prioritario 1 del programa operativo de empleo (2014CZ05M9OP001) y del eje prioritario 4 del programa operativo “Polo de crecimiento de Praga” (2014CZ16M2OP001)

    — Compra de material para una escuela de educación infantil

    — Gestión de la fase del proyecto centrada en la creación de la escuela

  9. Transformación de una instalación existente en una guardería de tipo “grupo de niños” en el marco del eje prioritario 1 del programa operativo de empleo (2014CZ05M9OP001) y del eje prioritario 4 del programa operativo “Polo de crecimiento de Praga” (2014CZ16M2OP001)

    — Compra de material para una instalación transformada

    — Compra de material didáctico

    — Gestión de la fase del proyecto centrada en la transformación de la instalación

  10. Explotación de una escuela de educación infantil en el marco del eje prioritario 1 del programa operativo de empleo...

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