Reglamento Delegado (UE) 2021/923 de la Comisión, de 25 de marzo de 2021, por el que se complementa la Directiva 2013/36/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación por las que se establecen los criterios de definición de las responsabilidades de dirección, las funciones de control, las unidades de negocio importantes y la incidencia significativa en el perfil de riesgo de una unidad de negocio importante, y se establecen los criterios para determinar los miembros del personal o las categorías de personal cuyas actividades profesionales tienen una incidencia en el perfil de riesgo de la entidad comparable en importancia a la de los miembros del personal o las categorías de personal a que se refiere el artículo 92, apartado 3, de dicha Directiva

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

9.6.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 203/1

(1) No solo las actividades profesionales de los miembros del personal a que se refiere el artículo 92, apartado 3, letras a), b) y c), de la Directiva 2013/36/UE pueden tener una incidencia importante en el perfil de riesgo de una entidad: también pueden tenerla las actividades profesionales de otros miembros del personal. Este será el caso, en particular, cuando dichos miembros del personal tengan responsabilidades de dirección en unidades de negocio importantes o bien ejerzan funciones de control en la medida en que estén facultados para tomar decisiones estratégicas o decisiones fundamentales de otro tipo con una incidencia en las actividades empresariales o en el marco de control aplicado. Estas funciones de control incluyen, por lo general, la gestión de riesgos, el cumplimiento y la auditoría interna. Los riesgos asumidos por las unidades de negocio importantes y la manera en que estas se gestionan son los factores más importantes para el perfil de riesgo de una entidad.

(2) Por consiguiente, es necesario establecer criterios para identificar a los miembros del personal distintos de los miembros del personal mencionados en el artículo 92, apartado 3, letras a), b) y c), de la Directiva 2013/36/UE, cuyas actividades profesionales tengan una incidencia importante en el perfil de riesgo de la entidad. Estos criterios deben tener en cuenta las facultades y las responsabilidades de dichos miembros del personal, el perfil de riesgo y los indicadores de rendimiento de la entidad de que se trate, su organización interna y su naturaleza, alcance y complejidad. Estos criterios también deben permitir a las entidades establecer los incentivos adecuados en sus políticas de remuneración para garantizar que los miembros del personal en cuestión actúen con prudencia en el desempeño de sus funciones. Por último, los criterios deben reflejar el nivel de riesgo de las diferentes actividades dentro de la entidad.

(3) Algunos miembros del personal tienen la responsabilidad de prestar un apoyo interno crucial para el funcionamiento de las actividades empresariales de una entidad. Sus actividades y decisiones también pueden tener una incidencia importante en el perfil de riesgo de una entidad, ya que pueden exponer a la entidad a riesgos importantes operativos y de otro tipo.

(4) Normalmente, el riesgo de crédito y el riesgo de mercado se asumen para generar negocio. En función de los importes y del riesgo, estas actividades empresariales pueden tener una incidencia importante en el perfil de riesgo de una entidad. Procede, por tanto, utilizar criterios basados en limitaciones de las facultades para identificar a los miembros del personal cuyas actividades puedan tener una incidencia importante en el perfil de riesgo de una entidad. Dichos criterios deben calcularse al menos una vez al año tomando como base las cifras de capital y los métodos utilizados a efectos de regulación. No obstante, para garantizar una aplicación proporcionada de los criterios en las entidades pequeñas, debe aplicarse un umbral de minimis para el riesgo de crédito.

(5) Los criterios para la determinación de los miembros del personal cuyas actividades profesionales tienen una incidencia importante en el perfil de riesgo de la entidad deben tener en cuenta también que algunas entidades pueden estar exentas de los requisitos relativos a la cartera de negociación en virtud del Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), y que en este Reglamento los límites se fijan de diferentes maneras para las entidades que utilizan enfoques diferentes para calcular los requisitos de capital.

(6) Deben existir criterios cualitativos adecuados que garanticen que se identifique como miembros del personal con una incidencia importante en el perfil de riesgo de una entidad a quienes sean responsables de grupos de personal cuyas actividades puedan tener una incidencia importante en el perfil de riesgo de la entidad. Esto incluye los casos en que las actividades de los distintos miembros del personal bajo su dirección no tienen por separado una incidencia importante en el perfil de riesgo de la entidad, pero sí podría tenerla el conjunto de las actividades de todos ellos.

(7) La remuneración total de los miembros del personal depende normalmente de la contribución que dicho personal realiza a la consecución de los objetivos empresariales de la entidad. Así, dicha...

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