Reglamento Delegado (UE) 2021/1160 de la Comisión, de 12 de mayo de 2021, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2019/1241 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al coto de espadín y al coto de solla en el mar del Norte

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

15.7.2021 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 250/4

(1) El Reglamento (UE) 2019/1241 contempla el establecimiento de medidas técnicas para el mar del Norte.

(2) Bélgica, Dinamarca, Alemania, Francia, los Países Bajos y Suecia (el Grupo Scheveningen) tienen un interés directo de gestión en las pesquerías del mar del Norte. Los días 15 y 19 de octubre de 2020, estos Estados miembros presentaron dos recomendaciones conjuntas de conformidad con el artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1380/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (2) y con el artículo 15, apartado 3, del Reglamento (UE) 2019/1241, en las que proponían la adopción de determinadas modificaciones de las disposiciones actuales sobre el coto de solla y el coto de espadín en el mar del Norte establecidas en el anexo V del Reglamento (UE) 2019/1241 mediante un acto delegado de la Comisión. El 2 de febrero de 2021 presentaron una versión revisada de la recomendación conjunta sobre el coto de espadín. Los Estados miembros mencionados enviaron ambas recomendaciones conjuntas a los consejos consultivos pertinentes para su consulta.

(3) Dado que ambas recomendaciones conjuntas proponen cambios en el anexo V del Reglamento (UE) 2019/1241, el presente Reglamento Delegado establece las medidas recomendadas por los Estados miembros en lo que respecta tanto al coto de espadín como al coto de solla.

(4) El Comité Científico, Técnico y Económico de Pesca (CCTEP) evaluó las pruebas aportadas por los Estados miembros en apoyo de las disposiciones incluidas en ambas recomendaciones conjuntas (3). Las medidas propuestas se evaluaron de conformidad con los principios establecidos en el artículo 15, apartado 4, del Reglamento (UE) 2019/1241.

(5) La recomendación conjunta presentada por los Estados miembros sobre el coto de solla proponía la introducción de una exención específica para los buques cuya potencia motriz supere 221 kW y que utilicen redes de tiro danesas, siempre que dichos buques respeten los tamaños de malla establecidos en el anexo V, parte B, punto 1.1, del Reglamento (UE) 2019/1241. El CCTEP analizó las pruebas presentadas por los Estados miembros y llegó a la conclusión de que, teniendo en cuenta el número reducido de buques afectados y el impacto limitado de la red de tiro danesa en el fondo, no cabe esperar que la introducción de la exención específica para las redes de tiro danesas tenga un efecto significativo en el nivel de protección dentro de la zona. Por tanto...

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