Reglamento de Ejecución (UE) 2018/139 de la Comisión, de 29 de enero de 2018, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.o 1033/2006 en lo que respecta a las referencias a las disposiciones de la OACI

Enforcement date:February 19, 2018
SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

30.1.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 25/4

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 552/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2004, relativo a la interoperabilidad de la red europea de gestión del tránsito aéreo (Reglamento de interoperabilidad) (1), y en particular su artículo 3, apartado 5,

Previa consulta al Comité del Cielo Único,

Considerando lo siguiente:

(1) El artículo 2, apartado 2, punto 16, del Reglamento (CE) n.o 1033/2006 de la Comisión (2) remite a las definiciones que figuran en el documento de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) «Procedimientos para los servicios de navegación aérea. Operación de aeronaves» (PANS-OPS, documento 8168), volumen 1, y más específicamente a su quinta edición (2006), que incorpora la enmienda n.o 6. El 10 de noviembre de 2016, la OACI modificó el documento 8168, incorporando en él la enmienda n.o 7.

(2) El punto 2 del anexo del Reglamento (CE) n.o 1033/2006 remite a las disposiciones establecidas en el documento de la OACI «Procedimientos para los servicios de navegación aérea. Gestión del Tránsito Aéreo» (PANS-ATM, documento 4444), y más específicamente a su decimoquinta edición (2007), que incorpora la enmienda n.o 6. El 10 de noviembre de 2016, la OACI modificó el documento 4444, incorporando en él la enmienda n.o 7A.

(3) Las referencias del Reglamento (CE) n.o 1033/2006 a los documentos 8168 y 4444 deben actualizarse para que los Estados miembros puedan dar cumplimiento a sus obligaciones jurídicas internacionales y para garantizar la coherencia con el marco reglamentario internacional de la OACI.

(4) Procede, por tanto, modificar el Reglamento (CE) n.o 1033/2006 en consecuencia.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

El Reglamento (CE) n.o 1033/2006 se modifica como sigue:

1) En el artículo 2, apartado 2, el punto 16 se sustituye por el texto siguiente: «16. “procedimientos de área terminal”, rutas normalizadas de salida por instrumentos y rutas normalizadas de llegada por instrumentos, según lo definido en el documento de la OACI “Procedimientos para los servicios de navegación aérea. Operación de aeronaves” (PANS-OPS, documento 8168, volumen 1, 5.a...

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