Reglamento de Ejecución (UE) 2018/878 de la Comisión, de 18 de junio de 2018, por el que se adopta la lista de Estados miembros, o partes del territorio de Estados miembros, que cumplen las normas para la categorización establecidas en el artículo 2, apartados 2 y 3 del Reglamento Delegado (UE) 2018/772 relativo a la aplicación de medidas sanitarias preventivas para controlar la infección de perros por Echinococcus multilocularis

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

19.6.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 155/1

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.o 576/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de junio de 2013, relativo a los desplazamientos sin ánimo comercial de animales de compañía y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 998/2003 (1), y en particular su artículo 20,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (UE) n.o 576/2013 establece normas aplicables a los desplazamientos sin ánimo comercial de perros, gatos y hurones a los Estados miembros. El artículo 19 contempla, en particular, la aplicación de medidas sanitarias preventivas para garantizar el control de enfermedades e infecciones distintas de la rabia que puedan propagarse debido a los desplazamientos de dichos animales.

(2) El artículo 19 del Reglamento (UE) n.o 576/2013 establece también la adopción de normas para la categorización de los Estados miembros, o partes de estos, con respecto a su situación zoosanitaria y a sus sistemas de vigilancia y notificación de determinadas enfermedades o infecciones distintas de la rabia. Los Estados miembros, o partes de estos, que cumplan estas normas para la categorización podrán ser incluidos en una lista que se adoptará de conformidad con el artículo 20 de dicho Reglamento.

(3) De conformidad con el artículo 19, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 576/2013, la Comisión ha adoptado el Reglamento Delegado (UE) 2018/772 (2) por el que se autoriza la aplicación de medidas sanitarias preventivas para controlar la infección de perros por Echinococcus multilocularis, y se establecen las normas para la categorización de los Estados miembros, o partes de estos, en relación con dicha infección, así como las condiciones que los Estados miembros deben cumplir para poder seguir optando a la aplicación de esas medidas sanitarias preventivas.

(4) Las normas para la categorización establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2018/772 incluyen las condiciones que los Estados miembros deben cumplir a fin de demostrar la ausencia de zorros rojos salvajes en la totalidad de su territorio, o bien, si en la totalidad o en partes de su territorio están presentes animales salvajes huéspedes definitivos susceptibles de albergar el parásito Echinococcus multilocularis, que no se ha registrado ningún caso de infección por Echinococcus multilocularis en estos animales. Los Estados miembros, o partes de estos, que cumplen estas normas...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT