Reglamento de Ejecución (UE) 2019/13 de la Comisión, de 4 de enero de 2019, por el que se corrige la versión lingüística neerlandesa del anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común

SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

7.1.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 3/1

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (1), y en particular su artículo 9, apartado 1, letras b) y d),

Considerando lo siguiente:

(1) A raíz de la modificación del anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1047 de la Comisión (2), la versión lingüística neerlandesa del texto de la nota a pie de página 8, relativa a los productos clasificados con el código NC 3707 90 20 en la Segunda Parte del anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87, aplicable del 1 de julio al 31 de diciembre de 2016, contenía un error en la descripción de los cartuchos de tóner termoplástico o electrostático. Con efectos a partir del 1 de enero de 2017, dicho anexo fue sustituido por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1821 de la Comisión (3), y el error se eliminó.

(2) Dado que el texto que contenía el error puede producir todavía efectos jurídicos con respecto a determinadas situaciones surgidas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2016, la versión neerlandesa del anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 aplicable durante dicho período debe corregirse en consecuencia. Esta corrección no afecta a las demás versiones lingüísticas.

(3) Habida cuenta del reducido ámbito de aplicación temporal del texto que contenía el error, el presente Reglamento debe aplicarse desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2016 y debe entrar en vigor con carácter de urgencia.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Código Aduanero.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

(no afecta a la versión española)

El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será aplicable del 1 de julio de 2016 al 31 de diciembre de 2016.

El...

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