Reglamento de Ejecución (UE) 2019/13 de la Comisión, de 4 de enero de 2019, por el que se corrige la versión lingüística neerlandesa del anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común
Section | Reglamento de ejecución |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
7.1.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 3/1
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la nomenclatura arancelaria y estadística y al arancel aduanero común (1), y en particular su artículo 9, apartado 1, letras b) y d),
Considerando lo siguiente:
(1) A raíz de la modificación del anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 mediante el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1047 de la Comisión (2), la versión lingüística neerlandesa del texto de la nota a pie de página 8, relativa a los productos clasificados con el código NC 3707 90 20 en la Segunda Parte del anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87, aplicable del 1 de julio al 31 de diciembre de 2016, contenía un error en la descripción de los cartuchos de tóner termoplástico o electrostático. Con efectos a partir del 1 de enero de 2017, dicho anexo fue sustituido por el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1821 de la Comisión (3), y el error se eliminó.
(2) Dado que el texto que contenía el error puede producir todavía efectos jurídicos con respecto a determinadas situaciones surgidas entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2016, la versión neerlandesa del anexo I del Reglamento (CEE) n.o 2658/87 aplicable durante dicho período debe corregirse en consecuencia. Esta corrección no afecta a las demás versiones lingüísticas.
(3) Habida cuenta del reducido ámbito de aplicación temporal del texto que contenía el error, el presente Reglamento debe aplicarse desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2016 y debe entrar en vigor con carácter de urgencia.
(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité del Código Aduanero.
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
(no afecta a la versión española)
El presente Reglamento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será aplicable del 1 de julio de 2016 al 31 de diciembre de 2016.
El...
To continue reading
Request your trial