Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1859 de la Comisión de 6 de noviembre de 2019 por el que se establecen disposiciones de aplicación del artículo 10 del Reglamento (UE) 2019/1242 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la recopilación de determinados datos (Texto pertinente a efectos del EEE)

SectionSerie L
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

7.11.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 286/10

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) 2019/1242 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por el que se establecen normas de comportamiento en materia de emisiones de CO2 para vehículos pesados nuevos y se modifican los Reglamentos (CE) n.o 595/2009 y (UE) 2018/956 del Parlamento Europeo y del Consejo y la Directiva 96/53/CE del Consejo (1), y en particular su artículo 10,

Considerando lo siguiente:

(1) A fin de adoptar una metodología para evaluar la aplicación de las condiciones en las que se determinan las emisiones de CO2 de referencia («la metodología»), procede que la Comisión tenga acceso a determinados datos puestos a disposición de los fabricantes cuando operan la herramienta de simulación a que se refiere el artículo 5, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/2400 de la Comisión (2), en particular el archivo sum exec data file.

(2) Los archivos sum exec data file permitirían a la Comisión evaluar los impactos cuantitativos que la aplicación de la metodología tiene en las emisiones de CO2 de los vehículos. Esos archivos son necesarios, en particular, para determinar los ajustes de las emisiones reglamentarias de CO2 a partir de los ajustes en los datos de los componentes de un vehículo que sirven de datos de entrada en la herramienta de simulación. Por tanto, los archivos sum exec data file resultan necesarios, por un lado, para determinar la posible necesidad de efectuar correcciones y, por otro lado, en caso afirmativo, para aplicar las correcciones a las emisiones de CO2 del vehículo sobre la base de los datos ajustados de los componentes que se introducen en la herramienta de simulación.

(3) Conviene, en consecuencia, que los fabricantes hagan un seguimiento de los archivos sum exec data file de los vehículos objeto de simulación en los períodos de comunicación 2019 y 2020 y los comuniquen a la Comisión. Es posible que la comunicación de esa información exija un esfuerzo mayor a los fabricantes en el caso de los vehículos producidos antes del 1 de octubre de 2019, por lo que la fecha límite para la comunicación de esa información debe ser la más tardía de las fijadas al respecto, a saber, el 30 de septiembre de 2021.

(4) Es importante asegurarse de que los datos objeto de seguimiento y comunicación sean sólidos y fiables. La Comisión, por tanto, ha de tener la posibilidad de...

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