Reglamento (UE) 2018/1277 del Consejo, de 18 de septiembre de 2018, por el que se fijan las restituciones a la exportación en el sector de la carne de aves de corral

Enforcement date:October 01, 2018
SectionReglamento
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

24.9.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 239/1

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y en particular su artículo 43, apartado 3,

Vista la propuesta de la Comisión Europea,

Considerando lo siguiente:

(1) En virtud del Reglamento (CE) n.o 1234/2007 del Consejo (1), derogado por el Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo (2), se facultó a la Comisión para fijar restituciones cuando se considerase necesario con arreglo a los criterios y requisitos establecidos en el Reglamento (UE) n.o 1234/2007. En ese contexto se adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 689/2013 de la Comisión (3).

(2) En su sentencia de 20 de septiembre de 2017 (4), el Tribunal de Justicia invalidó el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 689/2013 de la Comisión. El Tribunal de Justicia estableció que la vulneración de las normas de procedimiento relativas a la adopción de un acto lesivo constituye un vicio sustancial de forma y que corresponde, en consecuencia, anular el acto afectado por dicho vicio.

(3) El Tribunal de Justicia precisó asimismo que, aunque el Reglamento fue adoptado incurriendo en vicios sustanciales de forma, no se apreciaba ningún error que afectase a la conformidad del acto, que comprendía las medidas necesarias para la aplicación del Reglamento (CE) n.o 1234/2007. Por tanto, en interés de la seguridad jurídica y para no entorpecer la aplicación del Reglamento (CE) n.o 1234/2007, resolvió mantener los efectos del Reglamento impugnado hasta la entrada en vigor de un nuevo acto destinado a sustituirlo.

(4) El Reglamento (UE) n.o 1308/2013 derogó las disposiciones de procedimiento del Reglamento (CE) n.o 1234/2007 relativas a la adopción de los actos por los que se fijan las restituciones. El Reglamento (UE) n.o 1308/2013 se aplica a partir del 1 de enero de 2014.

(5) Por consiguiente, es necesario fijar las restituciones a la exportación de carne de aves de corral al mismo nivel al que fueron fijadas por el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 689/2013, a fin de dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia. El presente Reglamento debe, por tanto, aplicarse retroactivamente para el período comprendido entre el 19 de julio de 2013 y el 31 de diciembre de 2013.

(6) Las restituciones deben concederse solo por productos que estén autorizados a circular libremente en la Unión y que lleven la marca de identificación contemplada en el artículo 5, apartado 1, letra b), del...

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