Resolución del Parlamento Europeo, de 12 de febrero de 2019, sobre una política industrial global europea en materia de inteligencia artificial y robótica (2018/2088(INI))

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo

23.12.2020 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 449/37

— Vista su Resolución, de 16 de febrero de 2017, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre normas de Derecho civil sobre robótica (1),

— Vista su Resolución, de 1 de junio de 2017, sobre la digitalización de la industria europea (2),

— Vista su Resolución, de 12 de septiembre de 2018, sobre los sistemas armamentísticos autónomos (3),

— Vista su Resolución, de 11 de septiembre de 2018, sobre la igualdad lingüística en la era digital (4),

— Vista la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de junio de 2018, por el que se establece el programa Europa Digital para el período 2021-2027 (COM(2018)0434),

— Visto el Reglamento (UE) 2018/1488 del Consejo, de 28 de septiembre de 2018, por el que se crea la Empresa Común de Informática de Alto Rendimiento Europea (5),

— Visto el artículo 52 de su Reglamento interno,

— Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor, de la Comisión de Asuntos Jurídicos, de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A8-0019/2019),

  1. Considerando que una inteligencia artificial (IA) y una robótica transparentes y que integren consideraciones éticas tienen el potencial necesario para enriquecer nuestras vidas y consolidar nuestras capacidades, tanto en el plano individual como para el bien común;

  2. Considerando la IA evoluciona rápidamente y que ya lleva una serie de años formando parte de nuestra vida cotidiana; que la IA y la robótica están impulsando la innovación, creando nuevos modelos empresariales y desempeñando un papel clave en la transformación de nuestras sociedades y la digitalización de nuestras economías en muchos sectores, como la industria, la sanidad, la construcción y el transporte;

  3. Considerando que la integración cada vez mayor de la robótica en los sistemas humanos requiere una fuerte orientación normativa sobre el modo de maximizar las ventajas y de reducir los riesgos para la sociedad, así como de garantizar un desarrollo seguro y equitativo de la inteligencia artificial;

  4. Considerando que la inteligencia artificial es una de las tecnologías estratégicas para el siglo XXI, tanto a nivel mundial como en Europa, y conlleva un cambio positivo para la economía europea y posibilita la innovación, la productividad, la competitividad y el bienestar;

  5. Considerando que alrededor de una cuarta parte de todos los robots industriales y la mitad de todos los robots de servicios profesionales existentes en el mundo están producidos por empresas europeas, y que por ello la Unión ya cuenta con un importante activo en el que debería basar su política industrial europea;

  6. Considerando que la inteligencia artificial y la robótica tienen el potencial necesario para remodelar numerosas industrias y generar una mayor eficiencia productiva y también para hacer más competitivas a escala mundial la industria y las pymes europeas; que para el desarrollo de la inteligencia artificial es fundamental disponer de conjuntos de datos a gran escala y de instalaciones de ensayo y experimentación;

  7. Considerando que un planteamiento común facilitará el desarrollo de las tecnologías de IA en beneficio de la sociedad, abordando al mismo tiempo los retos que plantean estas tecnologías con el fin de fomentar la innovación, mejorar la calidad de los productos y servicios propiciados por la IA, mejorar la experiencia vivida por los consumidores y su confianza en las tecnologías de IA y la robótica, y evitar la fragmentación del mercado interior;

  8. Considerando que en la Unión se debe mantener un nivel informático muy elevado, lo que debería suponer para su sector de equipamiento nuevas oportunidades y aumentar su eficacia a la hora de transformar los avances tecnológicos en productos y servicios orientados a la demanda y a la aplicación, lo que conduciría a su adopción en aplicaciones a gran escala y emergentes basadas en la inteligencia artificial;

    I. Considerando que la Unión necesita urgentemente un enfoque coordinado a nivel europeo para poder competir con las enormes inversiones realizadas por terceros países, especialmente los Estados Unidos y China;

  9. Considerando que el 25 de abril de 2018 (6) la Comisión se comprometió a proponer un enfoque europeo sobre la inteligencia artificial elaborando un proyecto de directrices sobre la IA en colaboración con las partes interesadas de la Alianza para la Inteligencia Artificial —grupo de expertos en inteligencia artificial—, a fin de promover las aplicaciones y las empresas que se apoyan en la inteligencia artificial en Europa;

  10. Considerando que las normas y procesos existentes deberían revisarse y, en caso necesario, modificarse para tener en cuenta la inteligencia artificial y la robótica;

    L. Considerando que el marco europeo para la inteligencia artificial ha de desarrollarse sobre la base del pleno respeto de los derechos consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y en particular de los principios de protección de datos, privacidad y seguridad;

  11. Considerando que la evolución de la inteligencia artificial puede y debe ser diseñada de forma que se preserve la dignidad, la autonomía y la autodeterminación de las personas;

  12. Considerando que, en su Resolución, de 16 de febrero de 2017, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre normas de Derecho civil sobre robótica, el Parlamento instaba a la Comisión a que propusiera un marco jurídico coherente en relación con el desarrollo de la robótica, incluidos los sistemas autónomos y los robots autónomos inteligentes;

  13. Considerando que el desarrollo de la IA y de la robótica debe incluir a la sociedad en su conjunto; que, no obstante, en 2017 las zonas rurales seguían excluidas en gran medida de los beneficios de la IA, ya que el 8 % de los hogares no tenían acceso a ninguna red fija y el 53 % no disponía de ninguna tecnología de «acceso de próxima generación» (VDSL, Cable Docsis 3.0 o FTTP);

  14. Considerando que para el desarrollo de servicios y productos propiciados por la IA se requiere conectividad, libre circulación de datos y accesibilidad de los datos dentro de la Unión; que el uso de técnicas avanzadas de minería de datos en los productos y servicios puede contribuir a aumentar la calidad de la toma de decisiones y, por lo tanto, de la elección de los consumidores, así como a mejorar el rendimiento de las empresas;

  15. Considerando que la evolución tecnológica en productos y servicios inteligentes puede beneficiar a la economía del conocimiento, que se basa en la cantidad, la calidad y la accesibilidad de la información disponible, por lo que puede contribuir a mejorar la adaptación a las necesidades de los consumidores;

  16. Considerando que la ciberseguridad es vital para garantizar que los datos no sean manipulados de forma malintencionada o usados indebidamente para hacer que la IA funcione de forma perjudicial para los ciudadanos o las empresas, lo que perjudicaría a la industria y menoscabaría la confianza de los consumidores en la IA; que la evolución de la IA aumenta la dependencia respecto de esos sistemas en las acciones y decisiones, lo que, a su vez, requiere unos elevados niveles de ciberresiliencia en la Unión para protegerse de violaciones y fallos de ciberseguridad;

  17. Considerando que la tendencia a la automatización hace necesario que las personas implicadas en el desarrollo y comercialización de aplicaciones de inteligencia artificial incorporen desde el principio características de seguridad y ética, reconociendo de ese modo que deben estar preparadas para aceptar la responsabilidad jurídica por lo que respecta a la calidad de la tecnología que producen;

  18. Considerando que la creación de un ecosistema de confianza para el desarrollo de la tecnología de inteligencia artificial debe basarse en la arquitectura de la política de datos; que ello implica la elaboración de programas sencillos y simplificados para la recopilación y gestión de datos con fines de investigación pedagógica que permitan desarrollar la inteligencia artificial en muchos ámbitos, tales como la medicina, las finanzas, la biología, la energía, la industria, la química o el sector público; que un ecosistema de inteligencia artificial basado en datos podría incluir iniciativas paneuropeas puestas en marcha sobre la base de normas abiertas y basadas en el reconocimiento mutuo de certificados y normas transparentes de interoperabilidad;

  19. Considerando que el uso de la inteligencia artificial por sí solo no garantiza la verdad ni la equidad, ya que pueden surgir sesgos en la forma de recopilar los datos y de escribir el algoritmo que pueden derivarse de sesgos presentes en la sociedad; que la calidad de los datos, junto con el diseño de los algoritmos y los procesos de reevaluación constante, deberían evitar la aparición de sesgos;

    V. Considerando que la inteligencia artificial y la robótica deben desarrollarse y desplegarse siguiendo un enfoque centrado en el ser humano, con el fin de apoyar a las personas en su trabajo y en su hogar; que la IA también puede utilizarse para evitar que las personas tengan que realizar trabajos peligrosos;

  20. Considerando que un mayor desarrollo de los procesos de toma de decisiones automatizados y basados en algoritmos y su creciente utilización incidirán sin duda en las elecciones que hacen los particulares (como empresarios o usuarios de internet) y las autoridades públicas administrativas, judiciales o de otro tipo, a la hora de tomar una decisión final como consumidores, empresas o autoridades; que es necesario integrar salvaguardias y la posibilidad de control y verificación por parte de personas en los procesos de toma de decisiones automatizados y basados en algoritmos;

    X. Considerando que el aprendizaje automático también plantea desafíos a la hora...

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