Resolución del Parlamento Europeo, de 9 de junio de 2021, sobre la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030: Reintegrar la naturaleza en nuestras vidas 2020/2273(INI)

SectionSerie C
Issuing OrganizationParlamento Europeo

8.2.2022 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 67/25

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de mayo de 2020, titulada «Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030: Reintegrar la naturaleza en nuestras vidas» (COM(2020)0380),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de diciembre de 2019, titulada «El Pacto Verde Europeo» (COM(2019)0640), y su Resolución, de 15 de enero de 2020, sobre ese mismo asunto (1),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 20 de mayo de 2020, titulada «Estrategia “de la granja a la mesa” para un sistema alimentario justo, saludable y respetuoso con el medio ambiente» (COM(2020)0381),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 26 de febrero de 2016, titulada «Plan de acción de la UE contra el tráfico de especies silvestres» (COM(2016)0087),

— Visto el informe de la Comisión, de 2 de octubre de 2015, titulado «Revisión intermedia de la estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020» (COM(2015)0478),

— Vista la Comunicación de la Comisión, de 23 de julio de 2019, titulada «Intensificar la actuación de la UE para proteger y restaurar los bosques del mundo» (COM(2019)0352) y la Resolución del Parlamento, de 16 de septiembre de 2020, sobre el papel de la UE en la protección y restauración de los bosques del mundo (2),

— Vista la Decisión n.o 1386/2013/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de noviembre de 2013, relativa al Programa General de Acción de la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2020 «Vivir bien, respetando los límites de nuestro planeta» (3) y la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de octubre de 2020, relativa al Programa General de Acción de la Unión en materia de Medio Ambiente hasta 2030 (COM(2020)0652),

— Vista la Directiva 2008/56/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 2008, por la que se establece un marco de acción comunitaria para la política del medio marino (Directiva marco sobre la estrategia marina) (4),

— Visto el Informe de la Evaluación Mundial sobre la Diversidad Biológica y los Servicios de los Ecosistemas, elaborado por la Plataforma Intergubernamental sobre Diversidad Biológica y Servicios de los Ecosistemas (IPBES), de 31 de mayo de 2019,

— Vistos el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) de las Naciones Unidas y la próxima 15.a reunión de la Conferencia de las Partes (COP15) en el Convenio,

— Vistos la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS),

— Vista la Perspectiva Mundial sobre la Diversidad Biológica 5 de la Secretaría del CDB, de 15 de septiembre de 2020,

— Vistos los informes especiales del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (GIECC), en particular, los titulados «El océano y la criosfera en un clima cambiante», de 24 de septiembre de 2019, «El cambio climático y la tierra», de 8 de agosto de 2019, y «Calentamiento global de 1,5 oC», de 8 de octubre de 2018,

— Vista la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES),

— Vista la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres,

— Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar,

— Vistos el Convenio para la Protección del Mar Mediterráneo contra la Contaminación, el Convenio sobre la Protección del Mar Negro contra la Contaminación, el Convenio de Helsinki sobre la Protección del Medio Marino de la Zona del Mar Báltico y el Convenio para la Protección del Medio Marino del Atlántico Nordeste,

— Vistos los informes del Relator Especial de las Naciones Unidas, de 24 de enero de 2018 y de 15 de julio de 2020, sobre las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el disfrute de un medio ambiente sin riesgos, limpio, saludable y sostenible,

— Visto el Compromiso de Líderes Políticos por la Naturaleza, de 28 de septiembre de 2020, titulado «Unidos a fin de revertir la pérdida de biodiversidad para 2030 y lograr desarrollo sostenible»,

— Visto el informe de la Agencia Europea del Medio Ambiente (AEMA), de 4 de diciembre de 2019, titulado «The European environment — state and outlook 2020: Knowledge for Transition to a Sustainable Europe» (El medio ambiente en Europa — Estado y perspectivas 2020: conocimientos para la transición hacia una Europa sostenible),

— Visto el informe de la AEMA, de 19 de octubre de 2020, titulado «State of Nature in the EU — Results from reporting under the nature directives 2013-2018» (Estado de la naturaleza en la Unión Europea: resultados de los informes en el marco de las Directivas de protección de la naturaleza 2013-2018),

— Visto el informe titulado «Panorama de los Recursos Globales 2019» del Panel Internacional de Recursos del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente,

— Visto el informe del taller de la IPBES sobre biodiversidad y pandemias, de 29 de octubre de 2020,

— Visto el informe de 2020 de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) sobre el estado mundial de la pesca y la acuicultura,

— Visto el informe Science for Policy (Ciencia para las políticas) del Centro Común de Investigación (JRC) de la Comisión, de 13 de octubre de 2020, titulado «Mapping and Assessment of Ecosystems and their Services: An EU ecosystem assessment» (Cartografía y evaluación de los ecosistemas y de sus servicios: una evaluación del ecosistema de la UE),

— Vistos los informes especiales del Tribunal de Cuentas Europeo (TCE) titulados «Uso sostenible de productos fitosanitarios: pocos progresos en la medición y en la reducción de riesgos», de 5 de febrero de 2020; «Biodiversidad agrícola: la contribución de la PAC no ha frenado el declive», de 5 de junio de 2020; «Protección de los polinizadores silvestres en la UE — Las iniciativas de la Comisión no han dado frutos», de 9 de julio de 2020; y «Medio marino: la protección de la UE es extensa pero poco profunda», de 26 de noviembre de 2020,

— Visto el documento de la AEMA, de 6 de octubre de 2020, titulado «Management effectiveness in the EU's Natura 2000 network of protected areas» (Eficacia de la gestión de la red de zonas protegidas Natura 2000 de la UE),

— Visto el documento de la AEMA, de 11 de enero de 2021, titulado «Growth without economic growth» (Crecimiento sin crecimiento económico),

— Vistas las conclusiones del Grupo Especial de Expertos Técnicos del CDB sobre Evaluación del Riesgo, de 15 de abril de 2020,

— Vista su Resolución, de 16 de enero de 2020, sobre la 15.a reunión de la Conferencia de las Partes (COP15) en el Convenio sobre la Diversidad Biológica (5),

— Vista su Resolución, de 28 de noviembre de 2019, sobre la situación de emergencia climática y medioambiental (6),

— Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2019, sobre el Informe estratégico anual sobre la implementación y el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) (7),

— Vista su Resolución, de 22 de octubre de 2020, con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre un marco jurídico de la Unión para detener e invertir la deforestación mundial impulsada por la Unión (8),

— Vista su Resolución, de 15 de noviembre de 2017, sobre un plan de acción en pro de la naturaleza, las personas y la economía (9),

— Vistas su Resolución, de 6 de julio de 2016, sobre la decisión de Japón de reanudar la caza de ballenas durante la temporada 2015-2016 (10) y su Resolución, de 12 de septiembre de 2017, sobre la caza de ballenas en Noruega (11),

— Vista su Resolución, de 10 de julio de 2020, sobre la estrategia en el ámbito de las sustancias químicas con vistas a la sostenibilidad (12),

— Vista su Resolución, de 9 de septiembre de 2020, sobre el Año Europeo por unas Ciudades más Verdes 2022 (13),

— Visto el artículo 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE),

— Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta»),

— Visto el artículo 54 de su Reglamento interno,

— Vistas las opiniones de la Comisión de Comercio Internacional, de la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural, de la Comisión de Asuntos Exteriores y de la Comisión de Pesca,

— Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A9-0179/2021),

  1. Considerando que el Parlamento Europeo ha declarado la situación de emergencia climática y medioambiental y se ha comprometido a adoptar urgentemente las medidas concretas necesarias para combatir y contener esta amenaza antes de que sea demasiado tarde (14); que la pérdida de biodiversidad y el cambio climático están interrelacionados y se refuerzan entre sí (15), por lo que representan amenazas similares para la vida en nuestro planeta, y que, como tales, deben abordarse conjuntamente y con urgencia;

  2. Considerando que la naturaleza se está deteriorando a un ritmo y a una escala sin precedentes en la historia de la humanidad; que se estima que en todo el mundo un millón de especies corren peligro de extinción (16); que solo el 23 % de las especies y el 16 % de los hábitats contemplados en las Directivas de protección de la naturaleza de la Unión se encuentran en un estado favorable (17);

  3. Considerando que la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 y el próximo acuerdo internacional en el marco del CDB tienen por objeto establecer los marcos marco europeo y mundial sobre la biodiversidad hasta 2030;

  4. Considerando que 2021 será un año decisivo para la biodiversidad y que la COP15 debe ser un momento «Acuerdo de París» para la biodiversidad; que la COP15 y la COP26 de la CMNUCC brindan una oportunidad única con miras a cambiar de un modelo reactivo a un modelo proactivo y de precaución y dar lugar al necesario cambio transformador;

  5. Considerando que la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 es una de las iniciativas clave del Pacto Verde Europeo; que la Estrategia de la UE sobre la biodiversidad de aquí a 2030 y la Estrategia «de la granja a la mesa», junto con...

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