Reglamento (UE) nº 1255/2009 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2009, relativo a la retirada de la suspensión temporal del régimen libre de derechos para 2010 aplicable a la importación en la Unión de determinadas mercancías originarias de Noruega que resultan de la transformación de productos agrícolas regulados por el Reglamento (CE) nº 3448/93 del Consejo
Section | Reglamento |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
L 338/18 Diario Oficial de la Unión Europea 19.12.2009
ES
REGLAMENTO (UE) N o 1255/2009 DE LA COMISIÓN
de 18 de diciembre de 2009
relativo a la retirada de la suspensión temporal del régimen libre de derechos para 2010 aplicable a la importación en la Unión de determinadas mercancías originarias de Noruega que resultan de la transformación de productos agrícolas regulados por el Reglamento (CE) n o 3448/93 del Consejo
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de la Unión Europea y visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n o 3448/93 del Consejo, de 6 de diciembre de 1993, por el que se establece el régimen de intercambios aplicable a determinadas mercancías resultantes de la transformación de productos agrícolas
( 1
), y, en particular, su artículo 7, apartado 2,
Vista la Decisión 2004/859/CE del Consejo, de 25 de octubre de 2004, relativa a la celebración del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea y el Reino de Noruega, sobre el Protocolo n o 2 del Acuerdo bilateral de libre comercio entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega
( 2
), y, en particular, su artículo 3,
Considerando lo siguiente:
(1) En el Protocolo n o 2 del Acuerdo bilateral de libre comercio entre la Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega
( 3 ), así como en el Protocolo n o 3 del Acuerdo EEE
( 4 ), se fijan las condiciones comerciales para determinados productos agrícolas y productos agrícolas transformados entre las Partes contratantes.
(2) El Protocolo n o 3 del Acuerdo EEE, modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE n o 138/2004
( 5
), establece la aplicación de un régimen libre de derechos a determinadas aguas con adición de azúcar u otro edulcorante o aromatizadas clasificadas con el código NC 2202 10 00 y a determinadas bebidas no alcohólicas con adición de azúcar clasificadas con el código NC ex 2202 90 10.
(3) La aplicación del régimen libre de derechos para las aguas y otras bebidas en cuestión ha sido suspendida temporalmente para Noruega en virtud del Acuerdo en forma de Canje de Notas entre la Comunidad Europea, por una parte, y el Reino de Noruega, por otra, sobre el Protocolo n o 2 del Acuerdo bilateral de libre comercio entre la
Comunidad Económica Europea y el Reino de Noruega
( 6 ) (en lo sucesivo, «el Acuerdo»), aprobado por la Decisión 2004/854/CE. Con arreglo al punto IV del «acta aprobada» del Acuerdo, solo se permiten importaciones...
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