Decisión de la Comisión, de 13 de diciembre de 2007, por la que se modifica la Decisión 2006/805/CE en lo referente a las medidas de control de sanidad veterinaria relativas a la peste porcina clásica en Hungría y Eslovaquia [notificada con el número C(2007) 6158] (1)

SectionDecision
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

COMISIÓN DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 13 de diciembre de 2007 por la que se modifica la Decisión 2006/805/CE en lo referente a las medidas de control de sanidad veterinaria relativas a la peste porcina clásica en Hungría y Eslovaquia [notificada con el número C(2007) 6158] (Texto pertinente a efectos del EEE) (2007/862/CE) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), y, en particular, su artículo 10, apartado 4,

Vista la Directiva 89/662/CEE del Consejo, de 11 de diciembre de 1989, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (2), y, en particular, su artículo 9, apartado 4,

Considerando lo siguiente:

(1) La Decisión 2006/805/CE de la Comisión, de 24 de noviembre de 2006, sobre medidas de protección contra la peste porcina clásica en ciertos Estados miembros (3), se adoptó a raíz de los brotes de esa enfermedad que se produjeron en varios Estados miembros. En ella se establecen determinadas medidas de protección contra la peste porcina clásica en esos Estados miembros.

(2) Eslovaquia ha comunicado a la Comisión la evolución reciente de la enfermedad en jabalíes y la presencia de esa enfermedad en el distrito de Nové Zámky, lindante con los distritos de Komárno y Levice en Eslovaquia y el condado de Pest en Hungría. Habida cuenta de la información epidemiológica disponible, procede modificar las áreas de Eslovaquia y Hungría en las que se aplican medidas de control de la peste porcina clásica, para incluir en ellas partes de dichos distritos.

(3) La situación de la enfermedad en Eslovaquia ha mejorado significativamente en las administraciones veterinarias y alimentarias del distrito de Trencín...

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