Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 15 de junio de 2000 en el asunto C-302/98 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bundessozialgericht): Manfred Sehrer contra Bundesknappschaft ('Libre circulación de trabajadores Seguridad Social Cotizaciones al seguro de enfermedad recaudadas por un Estado miembro sobre las...

SectionCase
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

C 259/2 ES 9.9.2000Diario Oficial de las Comunidades Europeas Alemania (Agentes: Sres. E. Rˆder y C.-D. Quassowski), que SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA tiene por objeto que se declare que la Repu¥blica Federal de Alemania ha incumplido las obligaciones que le incumben en (Sala Sexta) virtud del Tratado CE, al permitir, en contra de lo dispuesto en el arti¥culo 2 del Reglamento (CEE) no 2252/90 de la Comisio¥n, de 15 de junio de 2000 de 31 de julio de 1990, por el que se establecen las disposiciones de aplicacio¥n del Reglamento (CEE) no 2060/90 en el asunto C-302/98 (peticio¥n de decisio¥n prejudicial del Consejo, relativo a las medidas transitorias para los planteada por el Bundessozialgericht): Manfred Sehrer intercambios con la Repu¥blica Democra¥tica Alemana en el contra Bundesknappschaft(1) sector agrario y pesquero (DO L 203, p. 61), que mercanci¥as a las que se habi¥a concedido una restitucio¥n con motivo de su ('Libre circulacio¥n de trabajadores -- Seguridad Social -importacio¥n desde los Pai¥ses Bajos pudieran introducirse en Cotizaciones al seguro de enfermedad recaudadas por un Alemania sin percibir ni poner a disposicio¥n de la Comunidad Estado miembro sobre las pensiones de jubilacio¥n compleuna exaccio¥n reguladora correspondiente al nivel de precios mentarias derivadas de un convenio colectivo y pagadas en comunitario, asi¥ como al suprimir todas las formalidades otro Estado miembro -- Base de ca¥lculo de las cotizaciones aduaneras en los intercambios interalemanes y no adoptar -- Inclusio¥n de las cotizaciones ya retenidas en el otro Estado las medidas necesarias para la aplicacio¥n del Reglamento miembro') no 2252/90, el Tribunal de Justicia (Sala Quinta), integrado por los Sres. J.C. Moitinho de Almeida, Presidente de la Sala (2000/C 259/03) Sexta, en funciones de Presidente de la Sala Quinta; L. Sevo¥n (Ponente), C. Gulmann, J.-P. Puissochet y M. Wathelet, Jueces;

Abogado General: Sr. A. Saggio; Secretario: Sr. R. Grass, ha (Lengua de procedimiento: alema¥n) dictado el 15 de junio de 2000 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

(Traduccio¥n provisional; la traduccio¥n definitiva se publicara¥ en la 'Recopilacio¥n de la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia') En el asunto C-302/98, que tiene por objeto una peticio¥n 1) Se declara que la Repu¥blica Federal de Alemania ha incumplido dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al arti¥culo 177 del las obligaciones que le incumben en virtud del Tratado CE, al...

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