Sentencia Steffensen (Asunto C-276/01). (En español)

MEMORANDUM

PARA : Clientes y Partes interesadas

FECHA : 18 de junio de 2003

DE : Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas – Sentencia

Steffensen (Asunto C-276/01), 10 de abril de 2003

El TJCE establece que los productores tienen derecho a dirigir un análisis comparativo de muestras tomadas con el propósito de realizar un control oficial de productos alimenticios, derecho que goza de aplicabilidad directa. La admisibilidad del análisis como prueba en un proceso jurisdiccional en caso de vulneración de este derecho es una cuestión de derecho procesal nacional, sujeto a los principios de Derecho Comunitario y a las disposiciones del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.

Un productor de alimentos en Alemania (representado en esta instancia por el Sr. Steffensen) elaboró salchichas, de las cuales las autoridades alemanas de control alimentario tomaron muestras, examinaron y concluyeron que no respetaban los requisitos de calidad específicos establecidos en Derecho alimentario alemán. Se reservó una segunda prueba de los productos examinados al mercado al por menor con objeto de permitir llevar a cabo un análisis comparativo si fuese necesario.

No se informó al productor de que las muestras habían sido apartadas para ser examinadas en el mercado al por menor, y cuando las autoridades de control alimentario le informaron de los resultados del examen, las muestras del mercado al por menor ya habían sido retiradas, ya que la política de dichos mercados es de conservar las muestras durante el período de un mes (dado que los productos eran perecederos). Por tanto, el productor no pudo llevar a cabo su propio examen sobre los productos en cuestión y, consecuentemente, perdió toda posibilidad de probar y/o eventualmente impugnar los resultados de las autoridades de control alimentario.

Mediante una cuestión prejudicial, el tribunal nacional solicitó al TJCE que considerara si: (1) un productor tiene derecho directamente aplicable bajo la Directiva de Control Oficial de Productos Alimenticios para solicitar una segunda opinión y, (2) si siendo así, la vulneración de ese derecho conlleva a que los resultados de cualquier análisis llevado a cabo por las autoridades de control alimentario no sean admisibles en el marco de un proceso jurisdiccional.

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1. LEGISLACIÓN DE LA UE

La Directiva del Consejo 89/397/CEE relativa al control oficial de productos alimenticios armoniza los principios generales aplicables a la inspección oficial de productos alimenticios. El Artículo 7(1)...

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