Reglamento (CE) nº 1519/2007 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2007, por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 2430/1999, (CE) nº 418/2001 y (CE) nº 162/2003 en lo relativo a los términos de la autorización de determinados aditivos en la alimentación animal pertenecientes al grupo de los coccidiostáticos y otras sustancias...

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 1519/2007 DE LA COMISI”N de 19 de diciembre de 2007 por el que se modifican los Reglamentos (CE) no 2430/1999, (CE) no 418/2001 y (CE) no 162/2003 en lo relativo a los tÈrminos de la autorizaciÛn de determinados aditivos en la alimentaciÛn animal pertenecientes al grupo de los coccidiost·ticos y otras sustancias medicamentosas (Texto pertinente a efectos del EEE) LA COMISI”N DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentaciÛn animal (1), y, en particular, su artÌculo 13, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) En el artÌculo 13, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1831/2003, se prevÈ la posibilidad de cambiar los tÈrminos de la autorizaciÛn de un aditivo mediante solicitud del titular de la autorizaciÛn.

(2) El uso del aditivo diclazuril 0,5 g/100 g (Clinacox 0,5 % Premix) y diclazuril 0,2 g/100 g (Clinacox 0,2 % Premix), perteneciente al grupo de los 'Coccidiost·ticos y otras sustancias medicamentosas', fue autorizado durante diez aÒos para los pollos de engorde por el Reglamento (CE) no 2430/1999 de la ComisiÛn (2). La autorizaciÛn quedaba vinculada a la persona responsable de la puesta en circulaciÛn del aditivo.

(3) El uso del aditivo diclazuril 0,5 g/100 g (Clinacox 0,5 % Premix) y diclazuril 0,2 g/100 g (Clinacox 0,2 % Premix), perteneciente al grupo de los 'Coccidiost·ticos y otras sustancias medicamentosas', fue autorizado durante diez aÒos para los pavos de engorde por el Reglamento (CE) no 418/2001 de la ComisiÛn (3). La autorizaciÛn quedaba vinculada a la persona responsable de la puesta en circulaciÛn del aditivo.

(4) El uso del aditivo diclazuril 0,5 g/100 g (Clinacox 0,5 % Premix) y diclazuril 0,2 g/100 g (Clinacox 0,2 % Premix), perteneciente al grupo de los 'Coccidiost·ticos y otras sustancias medicamentosas', fue autorizado durante diez aÒos para las pollitas para puesta por el Reglamento (CE) no 162/2003 de la ComisiÛn (4). La autorizaciÛn quedaba vinculada a la persona responsable de la puesta en circulaciÛn del aditivo.

(5) El titular de las autorizaciones, Janssen Animal Health BVBA, ha presentado una solicitud de conformidad con el artÌculo 13, apartado 3, del Reglamento (CE) no 1831/2003, en la que propone cambiar el nombre de la persona responsable de la puesta en circulaciÛn de los...

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