Asunto C-491/13: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Berlin (Alemania) el 13 de septiembre de 2013 — Mohamed Ali Ben Alaya/República Federal de Alemania

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 344/47

La Comisión señala que con arreglo al artículo 98, apartado 2, párrafo primero, de la Directiva IVA, los tipos reducidos de IVA pueden aplicarse a las entregas de productos y prestaciones de servicios recogidas en el anexo III de dicha Directiva. Ahora bien, la categoría 6 del anexo III de la Directiva IVA no menciona que el suministro de libros electrónicos pueda ser objeto de un tipo reducido de IVA. La Comisión deduce de lo anterior que el suministro de libros electrónicos debe, por tanto, estar sujeto al tipo normal de IVA de conformidad con el artículo 96 de la Directiva IVA. Esto se confirma igualmente, en opinión de la Comisión, en el artículo 98, apartado 2, párrafo segundo, el cual excluye explícitamente que las prestaciones de servicios efectuadas por vía electrónica puedan beneficiarse de tipos reducidos de IVA. Por último, en apoyo de su recurso, la Comisión señala que el Comité del IVA adoptó por unanimidad, el 9 de febrero de 2011, directrices en virtud de las cuales los tipos reducidos de IVA no se aplican al suministro de libros

Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO L 347, p. 1). ) Reglamento de Ejecución (UE) n o 282/2011 del Consejo, de 15 de marzo de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Directiva IVA (DO L 77, p. 1).

de decisión prejudicial planteada por el Targovishtki okrazhen sad (Bulgaria) el 9 de septiembre

2013 - Parva Investitsionna Banka AD, UniKredit AD, Siyk Faundeyshan LLS/Ear Proparti

- v nesastoyatelnost AD Síndico de la de Ear Proparti Developmant - v nesastoyatelnost AD

(Asunto C-488/13)

(2013/C 344/81)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Targovishtki okrazhen sad

Partes en el procedimiento principal

Acreedores en el procedimiento de insolvencia: Parva Investitsionna

Banka AD, UniKredit Bulbank AD, Siyk Faundeyshan LLS

Ear Proparti Developmant - v nesastoyatelnost AD Síndico de la insolvencia de Ear Proparti Developmant - v nesastoyatelnost AD

Cuestiones prejudiciales

¿Cómo se ha de interpretar el criterio de la no impugnación del crédito pecuniario que se pretende ejecutar en el sentido del sexto considerando y del artículo 1 del Reglamento?

2) En los casos en que las disposiciones nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea en cuyo territorio se ejecuta el crédito pecuniario no regulen si la orden de...

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