Asunto C-368/09: Petición de decisión prejudicial planteada por el Baranya Megyei Bíróság (Hungría) el 14 de septiembre de 2009 — Pannon Gép Centrum Kft./APEH Központi Hivatal Hatósági Főosztály Dél-dunántúli Kihelyezett Hatósági Osztály

SectionDictámenes

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 11/13

¿Debe interpretarse el artículo 39 CE, o el artículo 18 CE, en el sentido de que dichos artículos se oponen a una disposición nacional como el artículo 69 de la Zvw, en la medida en que un ciudadano de la UE que, en principio, puede beneficiarse de los derechos derivados de los artículos 28

bis del Reglamento n o 1408/71, está obligado a inscribirse en el Cvz y en la medida en que debe retenerse una cotización de la jubilación o renta de este titular, aunque no se haya inscrito en el sentido del artículo 29 del Reglamento

574/72?

) Reglamento (CEE) n o 1408/71 del Consejo, de 14 de junio de 1971, relativo a la aplicación de los regímenes de seguridad social a los trabajadores por cuenta ajena, a los trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad (DO L 149, p. 2; EE 05/01, p. 98).

) Reglamento (CEE) n o 574/72 del Consejo, de 21 de marzo de 1972, el que se establecen las modalidades de aplicación del

Reglamento (CEE) n o 1408/71 (DO L 74, p. 1; EE 05/01, p. 156).

Petición de decisión prejudicial planteada por el Baranya Megyei Bíróság (Hungría) el 14 de septiembre de 2009 -

Gép Centrum Kft./APEH Központi Hivatal Főosztály Dél-dunántúli Kihelyezett Hatósági

Osztály

(Asunto C-368/09)

(2010/C 11/22)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Baranya Megyei Bíróság

Partes en el procedimiento principal

Pannon Gép Centrum Kft.

APEH Központi Hivatal Hatósági Főosztály Dél-dunántúli Kihelyezett Hatósági Osztály

Cuestiones prejudiciales

compatibles las disposiciones nacionales contenidas en el artículo 13, apartado 1, punto 16, de la általános forgalmi adóról szóló 1992. évi LXXIV. törvény (Ley LXXIV. de 1992, relativa al impuesto sobre el volumen de negocios), vigente en el momento de la expedición de la factura, o en el artículo 1/E, apartado 1, del Reglamento 24/1995 (XI. 22) del Ministerio de Hacienda, con los elementos de las facturas y el concepto de factura determinados en el artículo 2, letra b), de la Directiva 2001/115/CE ( 1 ) por la que se modifica la

Directiva 77/388/CEE ( 2 ) (Sexta Directiva) con objeto de simplificar, modernizar y armonizar las condiciones impuestas a la facturación en relación con el impuesto sobre el valor añadido, especialmente en el supuesto a que se refiere el artículo 13, apartado 1, punto 16, letra f), de la Ley relativa al impuesto sobre el volumen de negocios? En caso de respuesta...

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