Reglamento de Ejecución (UE) nº 1325/2011 de la Comisión, de 16 de diciembre de 2011, que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) nº 543/2011 en lo que atañe a los volúmenes que activan la imposición de derechos adicionales a las peras, los limones, las manzanas y los calabacines

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

L 335/66 Diario Oficial de la Unión Europea 17.12.2011

ES

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) N o 1325/2011 DE LA COMISIÓN

de 16 de diciembre de 2011

que modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n o 543/2011 en lo que atañe a los volúmenes que activan la imposición de derechos adicionales a las peras, los limones, las manzanas y los calabacines

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)

( 1 ), y, en particular, su artículo 143, letra b), leído en relación con su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento de Ejecución (UE) n o 543/2011 de la Comisión, de 7 de junio de 2011, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo en los sectores de las frutas y hortalizas y de las frutas y hortalizas transformadas

( 2

), prevé un control de las importaciones de los productos que se recogen en su anexo XVIII. Este control ha de efectuarse con arreglo a lo dispuesto en el artículo 308 quinquies del Reglamento (CEE) n o 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n o 2913/92 del Consejo por el que se establece el Código Aduanero Comunitario

( 3

las negociaciones comerciales multilaterales de la Ronda Uruguay, y sobre la base de los últimos datos disponibles para 2008, 2009 y 2010, procede ajustar los volúmenes que activan la imposición de derechos adicionales a las peras, los limones, las manzanas y los calabacines.

(3) Procede, por tanto, modificar el Reglamento de Ejecución (UE) n o 543/2011 en consecuencia.

(4) Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión de la organización común de mercados agrícolas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

El anexo XVIII del Reglamento de Ejecución (UE) n o 543/2011 se sustituye por el texto que figura en el anexo del presente Reglamento.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2012.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT