93/17/EEC: Council Decision of 21 December 1992 amending Decision 90/510/EEC on the extension of the legal protection of topographies of semiconductor products to persons from certain countries and territories
Published date | 19 January 1993 |
Subject Matter | Intellectual, industrial and commercial property |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 11, 19 January 1993 |
93/17/CEE: Decisión del Consejo, de 21 de diciembre de 1992, por la que se modifica la Decisión 90/510/CEE relativa a la ampliación de la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores a personas de determinados países y territorios
Diario Oficial n° L 011 de 19/01/1993 p. 0022 - 0023
Edición especial en finés : Capítulo 13 Tomo 24 p. 0005
Edición especial sueca: Capítulo 13 Tomo 24 p. 0005
DECISIÓN DEL CONSEJO de 21 de diciembre de 1992 por la que se modifica la Decision 90/510/CEE relativa a la ampliación de la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores a personas de determinados países y territorios
(93/17/CEE)EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista la Directiva 87/54/CEE del Consejo, de 16 de diciembre de 1986, sobre la protección de las topografías de los productos semiconductores (1) y, en particular, el apartado 7 de su artículo 3,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando que el derecho a la protección de las topografías de los productos semiconductores en la Comunidad se extiende a las personas que pueden acogerse a dicha protección en virtud de los apartados 1 a 5 del artículo 3 de la Directiva 87/54/CEE;
Considerando que el derecho a la protección puede ampliarse, por Decisión del Consejo, a personas que no disfrutan de dicha protección con arreglo a tales disposiciones;
Considerando que la ampliación de la protección en cuestión debe decidirse, en la medida de lo posible, para la Comunidad en su conjunto;
Considerando que el Consejo amplió con carácter permanente el derecho a la protección de personas de determinados países o territorios mediante la Decisión 90/510/CEE (2);
Considerando que dicha protección ha sido ampliada anteriormente, a las personas jurídicas de Finlandia, Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza únicamente con carácter provisional, en virtud de la Decisión 90/511/CEE (3) que dejará de ser aplicable el 31 de diciembre de 1992;
Considerando que dicha protección ha sido ampliada posteriormente a las sociedades u otras personas jurídicas de Suiza y de Finlandia, en virtud de la Decisión 90/541/CEE (4) y de la Decisión 92/20/CEE (5), con arreglo a la Decisión 90/511/CEE;
Considerando que, en la actualidad, resulta conveniente ampliar la protección con carácter...
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