93/497/EEC: Commission Decision of 15 September 1993 amending Decision 93/364/EEC concerning certain protection measures relating to classical swine fever in Germany
Published date | 16 September 1993 |
Subject Matter | Veterinary legislation,Agriculture and Fisheries |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 233, 16 September 1993 |
93/497/CEE: DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 15 de septiembre de 1993 por la que se modifica la Decisión 93/364/CEE relativa a medidas de protección contra la peste porcina clásica en Alemania
Diario Oficial n° L 233 de 16/09/1993 p. 0015 - 0016
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 15 de septiembre de 1993 por la que se modifica la Decisión 93/364/CEE relativa a medidas de protección contra la peste porcina clásica en Alemania
(93/497/CEE)LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista la Directiva 90/425/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, relativa a los controles veterinarios y zootécnicos aplicables en los intercambios intracomunitarios de determinados animales vivos y productos con vistas a la realización del mercado interior (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/118/CEE (2), y, en particular, el apartado 4 de su artículo 10,
Considerando que a causa de los brotes de peste porcina clásica aparecidos en diferentes zonas de Alemania, la Comisión adoptó la Decisión 93/364/CEE, de 18 de junio de 1993, relativa a medidas de protección contra la peste porcina clásica en Alemania (3);
Considerando que durante los últimos meses se ha confirmado la existencia de otros brotes de peste porcina clásica en Alemania;
Considerando que la aparición de peste porcina clásica puede representar un serio peligro para las cabañas de los Estados miembros debido al comercio de cerdos vivos, carne fresca de cerdo y determinados productos a base de carne de cerdo;
Considerando que, en vista de la nueva situación de la enfermedad, es necesario modificar las medidas adoptadas por la Decisión 93/364/CEE;
Considerando que las disposiciones de la presente Decisión se ajustan al Dictamen del Comité veterinario permanente,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La Decisión 93/364/CEE queda modificada del siguiente modo:
1. El texto del apartado 2 del artículo 1 se sustituye por el siguiente:
« 2. Alemania no expedirá a los demás Estados miembros cerdos de reproducción ni de producción originarios de una explotación situada fuera de las zonas indicadas en el Anexo I, a menos que los cerdos:
- procedan de una explotación en la que no se hayan introducido cerdos vivos durante el periodo de 21 días inmediatamente anterior al envío de los porcinos en cuestión;
- hayan sido...
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