94/879/EC: Commission Decision of 21 December 1994 approving the programme for the eradication and surveillance of African swine fever for 1995 presented by Spain and fixing the level of the Community' s financial contribution (Only the Spanish text is authentic)

Published date31 December 1994
Subject MatterFinancial provisions,Veterinary legislation
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 352, 31 December 1994
EUR-Lex - 31994D0879 - ES 31994D0879

94/879/CE: Decisión de la Comisión, de 21 de diciembre de 1994, por la que se aprueba el programa de erradicación y vigilancia de la peste porcina africana para 1995 presentado por España y por la que se fija la cuantía de la participación financiera comunitaria (El texto en lengua española es el único auténtico)

Diario Oficial n° L 352 de 31/12/1994 p. 0104 - 0104


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 21 de diciembre de 1994 por la que se aprueba el programa de erradicación y vigilancia de la peste porcina africana para 1995 presentado por España y por la que se fija la cuantía de la participación financiera comunitaria (El texto en lengua española es el único auténtico) (94/879/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 90/424/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1990, sobre determinados gastos en el sector veterinario (1), cuya última modificación la constituye la Decisión 94/370/CE (2), y, en particular, el apartado 6 de su artículo 24,

Considerando que la Decisión 90/424/CEE contempla la posibilidad de que la Comunidad participe financieramente en la erradicación y vigilancia de la peste porcina africana;

Considerando que, mediante carta de 13 de julio de 1994, España presentó un programa de erradicación y vigilancia de esta enfermedad;

Considerando que, una vez examinado, se comprobó que dicho programa se ajusta a la Decisión 90/638/CEE del Consejo, de 27 de noviembre de 1990, por la que se establecen los criterios comunitarios aplicables a las medidas de erradicación y vigilancia de determinadas enfermedades de los animales (3), cuya última modificación la constituye la Directiva 92/65/CEE (4);

Considerando que este programa figura en la lista de programas de erradicación y vigilancia de enfermedades de los animales que pueden acogerse a una participación financiera comunitaria en 1995, tal como se establece en la Decisión 94/769/CE de la Comisión (5);

Considerando que, dada la importancia del programa para la consecución de los objetivos perseguidos por la Comunidad en materia de salud animal, conviene fijar la participación financiera comunitaria en el 50 % de los gastos realizados por España, con un máximo de 2 500 000 ecus;

Considerando que la participación financiera comunitaria se concederá siempre que las medidas previstas se lleven a cabo y que las...

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