98/227/EC: Council Decision of 16 March 1998 amending Decisions 95/409/EC, 95/410/EC and 95/411/EC concerning the methods to be used for microbiological testing to be undertaken on meat intended for Finland and Sweden
Published date | 21 March 1998 |
Subject Matter | Beef and veal,Eggs and poultry,Pigmeat,Veterinary legislation |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 87, 21 March 1998 |
98/227/CE: Decisión del Consejo de 16 de marzo de 1998 por la que se modifican las Decisiones 95/409/CE, 95/410/CE y 95/411/CE relativas a los métodos que deben utilizarse para la realización de pruebas microbiológicas de carnes destinadas a Finlandia y Suecia
Diario Oficial n° L 087 de 21/03/1998 p. 0014 - 0016
DECISIÓN DEL CONSEJO de 16 de marzo de 1998 por la que se modifican las Decisiones 95/409/CE, 95/410/CE y 95/411/CE relativas a los métodos que deben utilizarse para la realización de pruebas microbiológicas de carnes destinadas a Finlandia y Suecia (98/227/CE)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Vista la propuesta de la Comisión,
Vista la Directiva 64/433/CEE del Consejo, de 26 de junio de 1964, relativa a problemas sanitarios en materia de intercambios de carne fresca (1), y, en particular, la letra a) del apartado 3 de su artículo 5,
Vista la Directiva 71/118/CEE del Consejo, de 15 de febrero de 1971, relativa a problemas sanitarios en materia de producción y comercialización de carne fresca de aves de corral (2) y, en particular, la letra a) del apartado 3 de su artículo 5,
Vista la Directiva 90/539/CEE del Consejo, de 15 de octubre de 1990, relativa a las condiciones de policía sanitaria que regulan los intercambios intracomunitarios y las importaciones de aves de corral y de huevos para incubar procedentes de países terceros (3) y, en particular, el apartado 1 de su artículo 10 ter,
Considerando que, en su informe de 3 de junio de 1996, el Comité científico veterinario emitió un dictamen sobre los métodos de análisis microbiológico que ofrecen garantías equivalentes, y que procede tenerlo en cuenta;
Considerando, en consecuencia, que es oportuno modificar las Decisiones 95/409/CE (4), 95/410/CE (5) y 95/411/CE (6), por las que se establecen, las pruebas macrobiológicas por muestreo de determinadas carnes destinadas a Finlandia y Suecia, con objeto de abrir la posibilidad, por un lado, de emplear el método microbiológico que presenta garantías equivalentes previsto por el dictamen, y por otro, de autorizar nuevos métodos que presenten garantías equivalentes;
Considerando que, respecto a la autorización de nuevos métodos que ofrezcan garantías equivalentes, es apropiado disponer un procedimiento de estrecha cooperación entre la Comisión y los Estados miembros, tal y como se...
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