Reglamento (UE) nº 192/2011 de la Comisión, de 25 de febrero de 2011, por el que se establecen medidas especiales en relación con la ayuda al almacenamiento privado de carne de porcino establecida por el Reglamento (UE) nº 68/2011

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

26.2.2011 Diario Oficial de la Unión Europea L 53/65

ES

REGLAMENTO (UE) N o 192/2011 DE LA COMISIÓN

de 25 de febrero de 2011

por el que se establecen medidas especiales en relación con la ayuda al almacenamiento privado de carne de porcino establecida por el Reglamento (UE) n o 68/2011

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)

( 1 ),

Visto el Reglamento (CE) n o 826/2008 de la Comisión, de 20 de agosto de 2008, por el que se establecen disposiciones comunes para la concesión de ayuda para el almacenamiento privado de determinados productos agrícolas

( 2 ), y, en particular, su artículo 23, apartado 3,

Considerando lo siguiente:

(1) Tras un examen de la situación, se ha detectado un riesgo de que se presente un número excesivo de solicitudes al régimen de ayuda al almacenamiento privado de carne de porcino introducido por el Reglamento (UE) n o 68/2011 de la Comisión, de 28 de enero de 2011, relativo a la fijación del importe de la ayuda por adelantado para el almacenamiento privado de carne de porcino

( 3 ).

(2) Por consiguiente, resulta necesario suspender la aplicación del régimen establecido por el Reglamento (UE) n o 68/2011 y desestimar las solicitudes en cuestión.

(3) A fin de evitar la especulación, es conveniente que el presente Reglamento entre en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1
  1. Queda suspendida la aplicación del Reglamento (UE) n o 68/2011 desde el 27 de febrero de 2011 al 4 de marzo de 2011. No se aceptarán las solicitudes de celebración de contratos presentadas durante este período.

  2. Quedan desestimadas las solicitudes presentadas a partir del 22 de febrero de 2011, cuya aceptación debería...

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