Asunto C-589/10: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 16 de mayo de 2013 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Apelacyjny — Sąd Pracy i Ubezpieczeń Społecznych w Białymstoku — Polonia) — Janina Wencel/Zakład Ubezpieczeń Społecznych w Białymstoku [Artículo 45 TFUE — Reglamento (CEE) no 1408/71 — Artículo 10 — Prestaciones de vejez — Residencia habitual en dos Estados miembros distintos — Percepción de una pensión de supervivencia en uno de esos Estados y de una pensión de jubilación en el otro — Supresión de una de tales prestaciones — Recuperación de las prestaciones supuestamente indebidas]

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 225/3

La República de Polonia ha incumplido las obligaciones que le incumben respectivamente, en virtud de los artículos 6, apartado 2, y 7, apartado 3, de la Directiva 2001/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2001, relativa a la adjudicación de la capacidad de infraestructura ferroviaria y la aplicación de cánones por su utilización, según su modificación por la Directiva 2004/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, al haber omitido adoptar medidas destinadas a incentivar al administrador de infraestructuras para que reduzca los costes de la puesta a disposición de la infraestructura y la cuantía de los cánones de acceso, y al permitir que se incluyan en el cálculo de los cánones percibidos por la utilización de acceso mínimo y acceso por la vía a instalaciones de servicio ferroviario costes que no se pueden considerar directamente imputables a la explotación del servicio ferroviario.

Desestimar el recurso en todo lo demás.

Comisión Europea, la República de Polonia, la República Checa y la República Italiana cargarán con sus propias costas.

) DO C 30, de 29.1.2011.

( 1 ) DO C 46, de 12.2.2011.

Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Cuarta) de 27 de junio de 2013 - Comisión Europea/República de Polonia

(Asunto C-569/10) ( 1 )

(«Incumplimiento de Estado - Directiva 94/22/CE - Condiciones de concesión y de ejercicio de las autorizaciones de prospección, de exploración y de producción de hidrocarburos - Acceso no discriminatorio»)

(2013/C 225/04)

Lengua de procedimiento: polaco

Comisión Europea (representantes: K. Herrmann y M. Owsiany-Hornung, agentes)

República de Polonia (representantes: M. Szpunar, ęcki y B. Majczyna, agentes)

Incumplimiento de Estado - Transposición incorrecta y/o incompleta de los artículos 2, apartado 2, 3, apartado 1, y 5, puntos 1 y 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 1994, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (DO L 164, p. 3) - Acceso en condiciones no discriminatorias a dichas actividades y a su ejercicio.

que la República de Polonia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 2, apartado 2, y 5, puntos 1 y 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento

Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 1994, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio...

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