Asunto T-178/19: Recurso interpuesto el 20 de marzo de 2019 — Kalai/Consejo

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

27.5.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 182/34

Lengua de procedimiento: francés

Demandante: Nader Kalai (Halifax, Canadá) (representante: G. Karouni, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Anule los siguientes actos en la medida en que afectan a la parte demandante: — La Decisión de Ejecución (PESC) 2019/87 del Consejo, de 21 de enero de 2019, por la que se aplica la Decisión 2013/255/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Siria.

— El Reglamento de Ejecución (UE) 2019/85 del Consejo, de 21 de enero de 2019, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 36/2012 relativo a las medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Siria.

— Condene al Consejo al pago de 2 000 000 de euros en concepto de daños y prejuicios como reparación de todos los perjuicios sufridos.

— Condene al Consejo a cargar con sus propias costas y con las de la parte demandante y se reserve el derecho a justificar durante el procedimiento con arreglo al artículo 134 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General según el cual la parte que haya visto desestimadas sus pretensiones será condenada en costas.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

  1. Primer motivo, basado en la vulneración de los derechos de defensa y a un proceso equitativo. A este respecto, la parte demandante sostiene, amparándose en el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta») y en los artículos 6 y 13 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, así como en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, que se le debería haber oído antes de que el Consejo adoptara las medidas restrictivas en su contra y que, en consecuencia, no se ha respetado su derecho de defensa.

  2. Segundo motivo, basado en el incumplimiento del deber de motivación resultante del artículo 296 TFUE, párrafo segundo. La parte demandante reprocha al Consejo que se limitara a formular unas consideraciones vagas y generales, sin mencionar, concreta y específicamente, las razones por las que considera, en el ejercicio de su facultad discrecional de apreciación, que deben imponérsele las medidas restrictivas en cuestión. No se hace referencia por lo tanto a ningún elemento concreto y objetivo que pudiera reprocharse a la...

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