Asunto T-240/16: Recurso interpuesto el 14 de mayo de 2016 — Klyuyev/Consejo

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

25.7.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 270/48

Lengua de procedimiento: inglés

Demandante: Andriy Klyuyev (Donetsk, Ucrania) (representantes: B. Kennelly y J. Pobjoy, Barristers, R. Gherson y T. Garner, Solicitors)

Demandada: Consejo de la Unión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Anule la Decisión (PESC) 2016/318 del Consejo, de 4 de marzo de 2016, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania y el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/311 del Consejo, de 4 de marzo de 2016, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania, en la medida en que afecta al demandante.

— Con carácter subsidiario, declare que (i) el artículo 1, apartado 1, de la Decisión 2014/119/PESC de 5 de marzo de 2014 (en su versión modificada) y ii) el artículo 3, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 208/2014 del Consejo de 5 de marzo de 2014 (en su versión modificada), son inaplicables en la medida en que afectan al demandante debido a su ilegalidad

— Condene al Consejo al pago de las costas del demandante.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos.

1. Primer motivo, en apoyo del recurso de anulación, basado en que el Consejo no identifico una base jurídica adecuada para las medidas impugnadas — El demandante sostiene que el artículo 29 TUE no es una base jurídica adecuada para la Decisión 2014/119/PESC de 5 de marzo de 2014 porque la queja dirigida contra el demandante no le identificaba como un individuo que hubiese menoscabado la democracia en Ucrania o privado al pueblo ucraniano de los beneficios del desarrollo sostenible de su país (en el sentido del artículo 23 TUE y de las disposiciones generales del artículo 21 TUE, apartado 2). El demandante alega que, dado que la tercera Decisión de modificación era invalida, el Consejo no podía basarse en el artículo 215 TUE, apartado 2, para adoptar el Reglamento (UE) n.o 208/2014 del Consejo de 5 de marzo de 2014.

2. Segundo motivo, en apoyo del recurso de anulación, basado en la vulneración de los derechos del demandante con arreglo al artículo 6, en relación con los artículos 2 TUE y 3 TUE, y a los artículos 47 y 48 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea debida a la...

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