Ser ciudadano de la Unión Europea le confiere ciertos derechos y le brinda oportunidades que quizá no conoce todavía.

AuthorEuropean Commission
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Observación

Esta guía trata únicamente los derechos de los ciudadanos de la Unión Europea como viajeros dentro de la Unión. No obstante, cuando viaje al exterior de la Unión, ha de saber que, en circunstancias de cierta gravedad, puede usted acogerse a la protección consular o diplomática de las autoridades de otro Estado miembro si su Estado miembro de origen no tiene representación diplomática o consular en el tercer país en que se encuentra.

Para obtener más información sobre las condiciones y modalidades de esta protección, consulte la ficha "Protección consular para los ciudadanos de la Unión Europea".

Ni la Comisión Europea ni ninguna persona que actúe en su nombre se responsabilizará del uso que pudiera hacerse de esta información.

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Por ejemplo, ¿sabía usted que tiene derecho a viajar libremente a todos los Estados miembros 1 de la Unión Europea sin otra condición que estar en posesión de un carnet de identidad o un pasaporte válidos? ¿Conoce usted todos sus derechos y las oportunidades de los que puede beneficiarse como viajero consumidor dentro del mercado único europeo?

Cada año son más los ciudadanos europeos que viajan dentro de la Unión, tanto por motivos turísticos o para hacer una visita a familiares o amigos, como por motivos profesionales o de formación.

En su condición de nacional de un Estado miembro de la Unión, usted no es un turista o un viajero cualquiera: se beneficia de derechos y facilidades como el acceso y residencia temporal en el territorio de los demás Estados miembros y de ciertas facilidades y garantías en materia de compras o de transacciones privadas, o también en materia de cuidados sanitarios.

Así, muchos elementos contribuyen a que tenga en gran medida la impresión de estar en su país en cualquier parte de Europa.

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Notas

[1] En la presente guía, los términos "país", "Estado" o "Estado miembro" se emplean indistintamente para designar a los Estados miembros de la Unión, a saber: Bélgica, Dinamarca, Alemania, Grecia, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Austria, Portugal, Finlandia, Suecia y Reino Unido. Los demás países o Estados se denominan "terceros países". No obstante, en el marco del Espacio Económico Europeo, la práctica totalidad de los derechos mencionados en esta guía puede invocarse en Islandia, Liechtenstein y Noruega, y se aplica a los nacionales de estos terceros países cuando residen en un Estado miembro de la Unión.

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