Derechos y obligaciones que debe conocer antes de partir

AuthorEuropean Commission
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Derecho a viajar
El suyo

Como nacional de un país miembro de la Unión, tiene usted derecho a desplazarse a cualquier otro país de la Unión sin tener que cumplimentar formalidades específicas. Basta con estar en posesión de un carnet de identidad o de un pasaporte válidos.

Su derecho a viajar sólo puede verse limitado por razones de orden público, de seguridad pública o de salud pública. De este modo, su derecho a viajar no depende de su situación: tiene derecho a viajar por toda la Unión independientemente de que se desplace por razones profesionales o privadas, o de que sea asalariado, autónomo o un simple turista.

Si su estancia en otro país de la Unión no supera los tres meses, no está obligado a solicitar documento de residencia alguno. La única limitación a la que puede estar sometido legalmente en determinados países es la de declarar su presencia. En la mayoría de los casos, dicha operación se realiza automáticamente al rellenar la ficha de estancia de un hotel, o cuando el propietario de su alojamiento cumplimenta su declaración de alquiler (véase la ficha "Notificación de su presencia en otro país de la Unión").

Si su estancia va a prolongarse más de tres meses, deberá solicitar una tarjeta de residencia. Si desea obtener más información sobre sus derechos en lo que respecta a la residencia y, en su caso, sus derechos como trabajador asalariado o autónomo, desempleado en busca de trabajo o estudiante en otro país de la Unión, puede usted consultar las guías: "Vivir en otro país de la Unión Europea", "Trabajar en otro país de la Unión Europea" y "Estudiar, formarse e investigar en otro país de la Unión Europea".

.. y el de su familia

Los miembros de su familia, independientemente de su nacionalidad, tienen asimismo derecho a acompañarle. Se considera miembros de su familia, por un lado, a su cónyuge y a sus descendientes de menos de 21 años o a su cargo, así como a los de su cónyuge y, por otro lado, a los ascendientes a su cargo y a los de su cónyuge 2.

Para los nacionales de un país miembro del Espacio Económico Europeo (EEE) que estudian en otro Estado miembro parte de este acuerdo, se define como miembros de la familia al cónyuge y a los hijos menores de 21 años o a su cargo.

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.. que le acompañan

Si viaja con miembros de su familia, en principio éstos deben estar también en posesión de un pasaporte o de un carnet de identidad válidos. Para los hijos menores de edad, que no pudieran disponer de tal documento individual, las legislaciones de los Estados miembros establecen habitualmente la expedición de una tarjeta de identidad específica o la inserción de dichos menores en el pasaporte de uno de los padres (para obtener más detalles sobre las disposiciones particulares aplicables a este respecto a los hijos menores de edad de nacionalidad española, contacte con las autoridades nacionales, cuyos datos aparecen recogidos en el apartado "Direcciones útiles").

En lo que toca a los miembros de su familia que no posean la nacionalidad de un país perteneciente a la Unión Europea, debe usted saber que los Estados miembros a los que desee viajar, o por los que desee transitar, pueden exigir un visado de entrada dependiendo de la nacionalidad de los interesados (véase la ficha "Obtención de visados para los miembros de su familia que no sean nacionales de un Estado miembro de la Unión"). Las autoridades consulares competentes concederán este visado gratuitamente y darán todo tipo de facilidades.

.. que viajan solos

Advertencia: el derecho a viajar conferido por el Derecho comunitario a los miembros de su familia no es un derecho autónomo. En otros términos, estos últimos sólo pueden beneficiarse de él si le acompañan. Por tanto, los miembros de su familia que no sean nacionales de un país miembro de la Unión no pueden invocar las facilidades establecidas por las disposiciones comunitarias en materia de visados si viajan solos.

No obstante, los miembros de su familia que no tuvieran la nacionalidad de un país de la Unión Europea no necesitan este visado cuando residen en alguno de los países que Page 7 aplican el Convenio de Schengen 3 y desean desplazarse a otros países que también lo apliquen: pueden viajar libremente sin visado y sin su compañía en el "espacio de Schengen", a condición de estar en posesión de su documento de identidad o de su permiso de residencia.

Control de las personas en las fronteras interiores
Marco general

La Unión Europea se ha fijado entre sus objetivos la creación de un espacio sin fronteras interiores en el que las personas puedan circular libremente, independientemente de su nacionalidad.

Con la entrada en vigor del Tratado de Amsterdam, mediante el cual los Acuerdos de Schengen se han integrado en el marco de la Unión Europea, este objetivo se realiza mediante la supresión de controles en las fronteras interiores de los Estados miembros que aplican el Convenio de Schengen.

Por lo tanto, se pueden atravesar las fronteras interiores por cualquier parte sin que se efectúe un control. Ya no se efectúan controles de identidad de las personas que cruzan una frontera terrestre o efectúan un vuelo entre los Estados que aplican el Convenio de Schengen, así como las que utilizan un servicio de ferries entre dos Estados del "espacio de Schengen".

A pesar de ello, el Convenio de Schengen contempla la posibilidad de que un Estado miembro invoque una cláusula de salvaguardia que le permite volver a introducir de manera temporal controles de las personas en sus fronteras si el orden público o la seguridad nacional lo exigen.

Documentos de viaje necesarios

Si bien se han suprimido los controles en las fronteras interiores, cabe destacar que los Estados del "espacio de Schengen" han conservado el derecho, con arreglo a su legislación nacional, de efectuar controles de identidad en el conjunto de su territorio en el marco de su competencia policial. Basta con estar en posesión de un carnet de identidad o de un pasaporte válidos.

Caso particular del Reino Unido y de Irlanda

Los ciudadanos de la Unión Europea que viajan de un Estado del "espacio de Schengen" al Reino Unido o a Irlanda, o viceversa, pueden verse sometidos a controles. Sin embargo, estos controles no pueden superar lo permitido por el Derecho comunitario vigente. De este modo, para cruzar estas fronteras basta con presentar un carnet de identidad o un pasaporte válidos. En principio, no se puede preguntar sobre el objetivo del viaje, los medios de subsistencia, etc.

En cuanto a los miembros de su familia que no tuvieran la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión, el control de su pasaporte podrá ejercerse, en su caso, sobre la existencia de un visado y su calidad de "miembro de la familia" de un ciudadano de la Unión, calidad que les confiere el derecho de entrar en el territorio.

Por el contrario, en virtud de la "zona común de viaje", en principio no hay controles de las personas que viajan entre el Reino Unido e Irlanda.

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Lo que puede usted llevar al viajar a otro estado miembro
Efectos personales

Si se desplaza dentro de la Unión, en principio tiene usted derecho a llevar sus efectos personales sin ninguna restricción.

No obstante, por motivos de interés general, los Estados miembros pueden prohibir o condicionar el uso de determinados productos como drogas, productos derivados de especies protegidas o determinados materiales pornográficos.

Lo mismo ocurre con las armas de fuego, cuyo transporte a otros países de la Unión está sometido a reglas muy estrictas. Si es usted cazador o practica deportes de tiro, debe estar en posesión de una "tarjeta europea de armas de fuego" para poder llevar su arma a otro país de la Unión. Para obtener información sobre las formalidades requeridas y las condiciones de aplicación de dicha tarjeta, diríjase a sus autoridades nacionales competentes (véase el apartado "Direcciones útiles" al final de esta guía). Por otro lado, aunque tiene derecho a llevar consigo los medicamentos que le haya prescrito su médico o que haya comprado legal- mente en su país de residencia o en el que haya ido de viaje, la cantidad de medicamentos que transporta debe hallarse dentro de los límites que correspondan a sus necesidades personales.

Dinero

Puede llevar consigo el dinero que pueda necesitar durante el viaje. No obstante, aunque se haya suprimido toda restricción sobre los movimientos de capitales en el interior de la Unión, los Estados miembros pueden exigir, por motivos administrativos y estadísticos, una declaración del dinero que lleve usted consigo cuando entre o salga de su territorio. Los Estados miembros que utilizan esta facultad han fijado límites a partir de los cuales es obligatorio declarar las cantidades transferidas. En la práctica, estos límites corresponden a cantidades más elevadas que las que llevan consigo físicamente la mayor parte de los viajeros en sus desplazamientos de corta duración. No obstante, los importes fijados por las reglamentaciones nacionales varían sensible- mente de un país a otro 4. Por consiguiente, si usted prevé trasportar una suma elevada de dinero, infórmese antes de salir sobre el umbral aplicado por el país de destino para saber si deberá declarar esta suma.

Aparte del dinero que desee usted llevar consigo, puede también transferir el dinero que pudiera necesitar en su viaje a otro país de la Unión. Si, con este fin, usted desea efectuar una transferencia transfronteriza en euros, se puede remitir al folleto "Transferencias de créditos transfronterizos en euros", donde obtendrá más información sobre este tema.

No obstante, si desea transferir una cantidad importante de un banco a otro dentro de la Unión, debe saber que los bancos de determinados países pueden pedirle información por motivos estadísticos. Otro tanto ocurre si utiliza otro intermediario que no sea un banco, como correos.

Por otro lado, las autoridades nacionales tienen derecho a realizar controles si sospechan que las transferencias de fondos están relacionadas con actividades criminales (por ejemplo, operaciones de blanqueo de dinero).

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Animales de compañía

Puede llevar sus animales de compañía de viaje con usted a otro Estado miembro bajo determinadas condiciones. Las reglamentaciones aplicables en los Estados miembros establecen la necesidad de que dueños de perros y gatos estén en poder de un certificado de vacunación antirrábica válido. Estos certificados están normalizados y se los puede proporcionar su veterinario. Sin embargo, en Suecia, Irlanda y Reino Unido existen algunas condiciones específicas. En Suecia debe usted registrar su gato o perro y asegurarse de que su animal de compañía cumple varias condiciones, como la vacuna antirrábica y un análisis de sangre.

Irlanda y el Reino Unido pueden, en particular, obligarle a poner en cuarentena el animal durante seis meses. No obstante, el Reino Unido ha suprimido recientemente esta cuarentena para los perros y gatos de compañía que reúnen determinadas condiciones.

La embajada o el consulado del Estado miembro de destino le podrá proporcionar toda la información necesaria sobre las posibles formalidades que deba cumplir a este respecto.

Medios de transporte privados
Permiso de conducción

La normativa comunitaria vigente establece el principio del reconocimiento recíproco de los permisos de conducción expedidos por los Estados miembros. Esto quiere decir que, si está usted en posesión de un permiso de conducción válido y expedido por un Estado miembro de la Unión Europea, será válido en todo el territorio de la Unión para la categoría o categorías de vehículos para las que se concedió en el país de origen.

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Código de circulación

Al viajar al extranjero en coche está obligado a respetar el código de la circulación del país en que conduzca.

Con respecto al equipamiento o a los accesorios obligatorios en los vehículos en los Estados miembros, sólo se le puede obligar a cumplir los requisitos exigidos en el Estado miembro de matriculación del vehículo. Ahora bien, los Estados miembros pueden exigir la presencia de un triángulo de señalización de peligro, incluso si esto no es obligatorio en el país de matriculación del vehículo que utiliza.

En lo que respecta a las reglas de conducción, la mayor parte son comunes a los distintos países de la Unión. Esto ocurre con el uso obligatorio del casco tanto por parte del conductor como del pasajero de una motocicleta, del cinturón de seguridad y de los equipos de retención para niños cuando el vehículo dispone de los mismos. Por otro lado, las señales de tráfico le informan de las disposiciones específicas como, por ejemplo, las velocidades máximas que han de respetarse. Sin embargo, no todas las reglas específicas están señalizadas como, por ejemplo, los límites máximos de alcohol en la sangre, que varían de un Estado miembro a otro entre 0,2 y 0,8 g/l. En caso de infracción, se le pueden aplicar a usted las mismas sanciones que a los nacionales del Estado miembro en cuestión.

Permiso de circulación

El permiso de circulación ("tarjeta gris") de su vehículo, expedido en un Estado miembro de la Unión, le permite utilizar dicho vehículo en cualquiera de los demás países de la Unión. Por tanto, basta con que su vehículo esté matriculado en su país de residencia y que disponga usted de su permiso de circulación para poder viajar a otro Estado miembro conduciendo su automóvil o su motocicleta.

Si viaja a otro país de la Unión conduciendo un vehículo matriculado a nombre de una persona que no se halla a bordo, debe poder justificar su derecho a estar en posesión del vehículo (por ejemplo, mediante un documento firmado por el titular del permiso de conducción donde se explique que se lo ha confiado a usted).

Seguros

Generalmente no es necesario presentar su "carta verde" o, en su caso, la póliza de seguro al cruzar una frontera interior de la Unión, porque la matrícula de su coche permite asumir que ha suscrito un seguro obligatorio de responsabilidad civil en su Estado miembro de origen.

No obstante, si tuviera un accidente de coche en otro país y fuera el responsable, su póliza de seguro constituye la prueba que demuestra que ha suscrito un seguro que permite a las víctimas recibir una indemnización. Por otro lado, en caso de accidente de coche en otro Estado miembro, del que no sea responsable, se le compensará según las normas vigentes en ese Estado miembro, o según las normas vigentes en su país de residencia cuando el nivel de indemnización en este último sea más elevado. Estas normas difieren entre Estados miembros, pero en cualquiera de ellos gozará Page 11 de una cobertura mínima de hasta un total de 350 000 euros por daños corporales y 100 000 euros por daños materiales. No obstante, el importe global de las garantías puede estar limitado en algunos Estados miembros cuando hay varias víctimas de un único siniestro.

Si el accidente lo causa un vehículo sin seguro o que no ha podido ser identificado, tiene derecho a ser compensado por el Fondo de garantía del automóvil del Estado miembro donde ocurrió el accidente. (Si desea obtener más información sobre los seguros de auto- móviles, consulte la guía "Adquirir bienes y servicios en el mercado único europeo".)

Asistencia sanitaria

Si cae enfermo o es víctima de un accidente durante un desplazamiento dentro de la Unión, tanto usted como los miembros de su familia tienen derecho a una asistencia sanitaria de primeros auxilios. Por prestación de primeros auxilios, cabe entender todos los cuidados médicos necesarios con carácter inmediato ante una enfermedad repentina o un accidente ocurrido en el país visitado. Además, los estudiantes, trabajadores en comisión de servicios y titulares de una pensión o renta de la seguridad social, así como los miembros de su familia, tienen derecho a los cuidados necesarios durante la estancia, sin que se trate de una urgencia.

Para facilitar la prestación de este tipo de cuidados, es preferible que disponga del formulario E111. Este formulario da fe de su afiliación a un régimen de seguro de enfermedad en su país de residencia, y le permite hacer valer rápidamente su derecho a recibir cuidados médicos inmediatamente necesarios en el país en que reside temporalmente. Por ello, le aconsejamos que se procure el formulario E111 antes de partir, para lo cual sólo tiene que solicitarlo a su seguro de enfermedad.

Aunque no tenga consigo este formulario, tiene derecho a recibir cuidados médicos inmediatamente necesarios en los demás Estados miembros, pero deberá pagar, en su caso, las prestaciones recibidas en su país de estancia. No obstante, tiene derecho a presentar posteriormente la factura a su seguro de enfermedad, que le reembolsará el importe en función de las tasas de reembolso propias del país en que ha recibido el tratamiento.

Cabe advertir que el formulario E111 no le da derecho al reembolso de los cuidados si se desplaza al extranjero expresamente para recibirlos.

Si desea obtener más información sobre las condiciones en las que puede beneficiarse de la asistencia sanitaria en otros Estados miembros durante sus desplazamientos de mayor duración, la obtendrá en las guías "Trabajar en otro país de la Unión Europea" o "Estudiar, formarse e investigar en otro país de la Unión Europea", dependiendo del caso que le interese.

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Notas

[2] En general, la prueba del vínculo familiar viene dada por un certificado de estado civil o por la mención del vínculo familiar (por ejemplo, el matrimonio) en el documento de identidad o, en el caso de los hijos, mediante su inscripción en el pasaporte de los padres o con el libro de familia.

[3] Todos los Estados miembros de la Unión Europea a excepción del Reino Unido y de Irlanda, así como Noruega e Islandia.

[4] De este modo, por ejemplo, el umbral más bajo aplicado en 1997 por un Estado miembro era de 2 000 euros, y el más elevado superaba los 10 000 euros.

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