Commission Implementing Regulation (EU) 2016/185 of 11 February 2016 extending the definitive anti-dumping duty imposed by Council Regulation (EU) No 1238/2013 on imports of crystalline silicon photovoltaic modules and key components (i.e. cells) originating in or consigned from the People's Republic of China to imports of crystalline silicon photovoltaic modules and key components (i.e. cells) consigned from Malaysia and Taiwan, whether declared as originating in Malaysia and in Taiwan or not

Published date09 November 2017
Subject Matterdumping
Official Gazette PublicationDiario Oficial de la Unión Europea, L 37, 12 de febrero de 2016,Journal officiel de l'Union européenne, L 37, 12 février 2016
TEXTO consolidado: 32016R0185 — ES — 20.07.2018

02016R0185 — ES — 20.07.2018 — 002.001


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►B REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/185 DE LA COMISIÓN de 11 de febrero de 2016 por el que se amplía el derecho antidumping definitivo establecido por el Reglamento (UE) n.o 1238/2013 del Consejo a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China, a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) procedentes de Malasia y de Taiwán, tanto si se declaran originarios de Malasia o de Taiwán como si no (DO L 037 de 12.2.2016, p. 76)

Modificado por:

Diario Oficial
página fecha
M1 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2017/1997 DE LA COMISIÓN de 7 de noviembre de 2017 L 289 1 8.11.2017
►M2 REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2018/1017 DE LA COMISIÓN de 18 de julio de 2018 L 183 1 19.7.2018




▼B

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2016/185 DE LA COMISIÓN

de 11 de febrero de 2016

por el que se amplía el derecho antidumping definitivo establecido por el Reglamento (UE) n.o 1238/2013 del Consejo a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China, a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) procedentes de Malasia y de Taiwán, tanto si se declaran originarios de Malasia o de Taiwán como si no



Artículo 1

1. El derecho antidumping definitivo aplicable a «las demás empresas» establecido mediante el artículo 1, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1238/2013, relativo a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China, salvo que estén en tránsito a tenor del artículo V del GATT, se amplía a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) procedentes de Malasia y Taiwán, tanto si se declaran originarios de Malasia o de Taiwán como si no, actualmente clasificados en los códigos NC ex 8501 31 00 , ex 8501 32 00...

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