Commission Implementing Regulation (EU) No 447/2013 of 15 May 2013 establishing the procedure for AIFMs which choose to opt in under Directive 2011/61/EU of the European Parliament and of the Council

Published date16 May 2013
Subject MatterLibertà di stabilimento,Libertad de establecimiento,Liberté d'établissement
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 132, 16 maggio 2013,Diario Oficial de la Unión Europea, L 132, 16 de mayo de 2013,Journal officiel de l’Union européenne, L 132, 16 mai 2013
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16.5.2013 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 132/1

REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) No 447/2013 DE LA COMISIÓN

de 15 de mayo de 2013

por el que se establece el procedimiento aplicable a los GFIA que opten por acogerse a la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos y por la que se modifican las Directivas 2003/41/CE y 2009/65/CE y los Reglamentos (CE) no 1060/2009 y (UE) no 1095/2010 (1), y, en particular, su artículo 3, apartado 5,

Considerando lo siguiente:

(1) Con arreglo al artículo 3, apartado 4, de la Directiva 2011/61/UE, los gestores de fondos de inversión alternativos (GFIA) que cumplan las condiciones previstas en el artículo 3, apartado 2, de dicha Directiva pueden acogerse a la misma para disfrutar de los derechos reconocidos. Al acogerse a ella, el GFIA queda sujeto a la aplicación de la Directiva 2011/61/UE en su integridad.
(2) La Directiva 2011/61/UE prevé un procedimiento de autorización de los GFIA. La documentación y la información que deben facilitarse de conformidad con dicho procedimiento permiten disponer de los datos necesarios acerca del GFIA solicitante, por lo que resulta oportuno recurrir a los mismos documentos y procedimiento para acogerse a la Directiva. No existen motivos específicos inherentes al acogimiento a la Directiva que justifiquen el uso de un procedimiento diferente al aplicado a los GFIA con un volumen de activos gestionados superior a los umbrales que establece el artículo 3, apartado 2, de la Directiva 2011/61/UE. En consecuencia, resulta oportuno que los GFIA que opten por acogerse a la Directiva 2011/61/UE sigan un procedimiento idéntico al establecido para los GFIA que estén obligados a solicitar autorización en virtud de esa misma Directiva.
(3) Los GFIA que tienen derecho a acogerse a la Directiva 2011/61/UE son aquellos que, bien hayan sido registrados previamente de conformidad con el artículo 3, apartado 3, de dicha Directiva, o bien hayan sido autorizados previamente como sociedades de gestión de organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios con arreglo a la Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias
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