Commission Regulation (EC) No 2331/2002 of 23 December 2002 amending Regulation (EC) No 899/2002 opening an invitation to tender for the refund for the export of common wheat to all third countries except Hungary, Poland, Estonia, Lithuania and Latvia

Published date24 December 2002
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 349, 24 December 2002
EUR-Lex - 32002R2331 - ES

Reglamento (CE) n° 2331/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, por el que se modifica Reglamento (CE) n° 899/2002 relativo a la apertura de una licitación de la restitución de exportación de trigo blando a todos los terceros países excepto Hungría, Polonia, Estonia, Lituania y Letonia

Diario Oficial n° L 349 de 24/12/2002 p. 0019 - 0019


Reglamento (CE) no 2331/2002 de la Comisión

de 23 de diciembre de 2002

por el que se modifica Reglamento (CE) n° 899/2002 relativo a la apertura de una licitación de la restitución de exportación de trigo blando a todos los terceros países excepto Hungría, Polonia, Estonia, Lituania y Letonia

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 1766/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1666/2000(2),

Visto el Reglamento (CE) n° 1501/95 de la Comisión, de 29 de junio de 1995, por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n° 1766/92 del Consejo en lo que respecta a la concesión de las restituciones a la exportación y a las medidas que deben adoptarse en caso de perturbación en el sector de los cereales(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1163/2002(4), y, en particular, su artículo 4,

Considerando lo siguiente:

(1) Han finalizado las negociaciones para la celebración de acuerdos comerciales entre la Comunidad y Bulgaria, la República Checa, Rumanía, Eslovaquia y Eslovenia en los que se estipulan concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios de determinados productos agrícolas y se acuerda la liberalización total del comercio de los demás productos agrícolas. En el sector de los cereales, una de las concesiones previstas es la supresión de las restituciones, que atañe, entre otros productos, al trigo blando.

(2) Con miras a la adopción de esos acuerdos y en aras de clarificar las condiciones de exportación al comienzo de 2003 para todos los agentes económicos del sector de los cereales, particularmente habida cuenta del período de validez de los certificados de exportación, resulta oportuno suprimir las restituciones por exportación de trigo blando a partir del 1 de enero de 2003.

(3) Para ello, procede...

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