Commission Regulation (EC) No 715/2003 of 24 April 2003 amending Regulations (EC) No 883/2001 and (EC) No 2805/95 respectively laying down detailed rules for implementing Council Regulation (EC) No 1493/1999 as regards trade with third countries in products in the wine sector and fixing the export refunds in the wine sector

Published date25 April 2003
Subject MatterWine
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Union, L 104, 25 April 2003
EUR-Lex - 32003R0715 - ES

Reglamento (CE) n° 715/2003 de la Comisión, de 24 de abril de 2003, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n° 883/2001 y (CE) n° 2805/95 que establecen, respectivamente, las normas de aplicación del Reglamento (CE) n° 1493/1999 del Consejo en lo que respecta a los intercambios comerciales de productos del sector vitivinícola con terceros países, así como las restituciones por exportación en el sector vitivinícola

Diario Oficial n° L 104 de 25/04/2003 p. 0013 - 0016


Reglamento (CE) no 715/2003 de la Comisión

de 24 de abril de 2003

por el que se modifican los Reglamentos (CE) n° 883/2001 y (CE) n° 2805/95 que establecen, respectivamente, las normas de aplicación del Reglamento (CE) n° 1493/1999 del Consejo en lo que respecta a los intercambios comerciales de productos del sector vitivinícola con terceros países, así como las restituciones por exportación en el sector vitivinícola

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 1493/1999 del Consejo, de 17 de mayo de 1999, por el que se establece la organización común del mercado vitivinícola(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2585/2001(2), y, en particular, sus artículos 63 y 64,

Considerando lo siguiente:

(1) Recientemente, la Unión Europea ha celebrado un Acuerdo con Polonia(3) en el que se establecen determinadas concesiones en forma de contingentes arancelarios con respecto a diversos productos agrarios, así como la plena liberalización del comercio en lo que atañe a otros productos agrarios. En el sector vitivinícola, una de las citadas concesiones consiste en la eliminación de las restituciones, aplicable a partir del 1 de abril de 2003.

(2) Las autoridades de Polonia se han comprometido a garantizar que sólo se autorizará la importación a esos países de remesas de productos comunitarios incluidos en los acuerdos comerciales en relación con los cuales no se hayan otorgado restituciones. A estos efectos, han de modificarse: el apartado 6 del artículo 9 del Reglamento (CE) n° 883/2001 de la Comisión, de 24 de abril de 2001, por el que se establecen las normas de aplicación del Reglamento (CE) n° 1493/1999 del Consejo, en lo que respecta a los intercambios comerciales de productos del sector vitivinícola con terceros países(4), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n°...

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