Commission Regulation (EC) No 1370/1999 of 25 June 1999 amending Regulation (EC) No 123/98 on managing the ceilings for imports of fresh and processed sour cherries originating in the former Yugoslav Republic of Macedonia

Published date26 June 1999
Subject MatterProtective measures,Processed fruit and vegetables,Fruit and vegetables,Commercial policy
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 162, 26 June 1999
EUR-Lex - 31999R1370 - ES 31999R1370

Reglamento (CE) n° 1370/1999 de la Comisión, de 25 de junio de 1999, por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 123/98 relativo a la gestión de los límites máximos de importación de cerezas ácidas frescas y cerezas transformadas originarias de la antigua República Yugoslava de Macedonia

Diario Oficial n° L 162 de 26/06/1999 p. 0042 - 0043


REGLAMENTO (CE) N° 1370/1999 DE LA COMISIÓN

de 25 de junio de 1999

por el que se modifica el Reglamento (CE) n° 123/98 relativo a la gestión de los límites máximos de importación de cerezas ácidas frescas y cerezas transformadas originarias de la antigua República Yugoslava de Macedonia

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 77/98 del Consejo, de 9 de enero de 1998, relativo a determinadas disposiciones de aplicación del Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Europea y la antigua República Yugoslava de Macedonia(1) y, en particular, su artículo 1,

(1) Considerando que el Reglamento (CE) n° 2623/98 de la Comisión(2) derogó el Reglamento (CE) n° 1556/96(3) al que hacen referencia los artículos 2 y 3 del Reglamento (CE) n° 123/98 de la Comisión(4), modificado por el Reglamento (CE) n° 1057/98(5); que, por consiguiente, conviene adaptar el Reglamento (CE) n° 123/98 y, en particular, hacer aplicables para todos los productos contemplados las disposiciones del Reglamento (CE) n° 1921/95 de la Comisión, de 3 de agosto de 1995, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del régimen de certificados de importación en el sector de los productos transformados a base de frutas y hortalizas(6), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 570/1999(7), sin perjuicio de las disposiciones específicas y con la excepción de la posibilidad de modificar el país de origen para los certificados expedidos;

(2) Considerando que, para garantizar una gestión rápida y eficaz de los límites máximos arancelarios, es necesario instaurar comunicaciones regulares por parte de los Estados miembros; que, en el caso de los cerezas frescas ácidas, parece oportuno limitar las comunicaciones al período de cosecha y de comercialización de los productos;

(3) Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión conjunto de las frutas y hortalizas frescas y de los productos...

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