Commission Regulation (EC) No 2417/95 of 13 October 1995 updating and amending Regulations in the beef sector fixing before 1 February 1995 certain prices and amounts whose values in ecus have been adjusted because of the abolition of the corrective factor in agricultural conversion rates
Published date | 14 October 1995 |
Subject Matter | Veterinary legislation,Information and verification,Monetary measures in the field of agriculture,Agricultural structures,European Agricultural Guidance and Guarantee Fund (EAGGF),Beef and veal,Agriculture and Fisheries,Common organisation of agricultural markets,French overseas departments,Commercial policy |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 248, 14 October 1995 |
Reglamento (CE) nº 2417/95 de la Comisión, de 13 de octubre de 1995, por el que se actualizan y modifican los Reglamentos del sector de carne de vacuno, que establecen antes del 1 de febrero de 1995 determinados precios e importes cuyos valores en ecus se han ajustado a causa de la supresión del factor de corrección de los tipos de conversión agrarios
Diario Oficial n° L 248 de 14/10/1995 p. 0039 - 0040
REGLAMENTO (CE) N° 2417/95 DE LA COMISIÓN de 13 de octubre de 1995 por el que se actualizan y modifican los Reglamentos del sector de carne de vacuno, que establecen antes del 1 de febrero de 1995 determinados precios e importes cuyos valores en ecus se han ajustado a causa de la supresión del factor de corrección de los tipos de conversión agrarios
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) n° 3813/92 del Consejo, de 28 de diciembre de 1992, relativo a la unidad de cuenta y a los tipos de conversión aplicables en el marco de la Política Agrícola Común (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 150/95 (2), y, en particular, el apartado 1 de su artículo 13,
Visto el Reglamento (CEE) n° 805/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de bovino (3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 424/95 (4), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 7,
Considerando que el apartado 2 del artículo 13 del Reglamento (CEE) n° 3812/92 modificó, con efecto desde el 1 de febrero de 1995, el valor en ecus de algunos precios e importes, con objeto de neutralizar los efectos de la supresión del factor de corrección de 1,207509 que, hasta el 31 de enero de 1995, servía para ponderar los tipos de conversión utilizados en agricultura;
Considerando que los nuevos valores en ecus de los precios e importes en cuestión se establecieron con efecto desde el 1 de febrero de 1995 de acuerdo con las normas del apartado 2 del artículo 13 del Reglamento (CEE) n° 3813/92 y las del apartado 1 del artículo 18 del Reglamento (CEE) n° 1068/93 de la Comisión, de 30 de abril de 1993, por el que se establecen normas para determinar y aplicar los tipos de conversión utilizados en el sector agrario (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1053/95 (6),
Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 18 del Reglamento (CEE) n° 1068/93, conviene para evitar confusiones y facilitar la aplicación de la Política Agrícola Común, sustituir los valores en ecus de dichos precios e importes que no tienen una aplicación regular, que son aplicables, como mínimo, a partir:
- del 1 de enero de 1996, en el caso de los...
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