Commission Regulation (EC) No 673/2001 of 2 April 2001 fixing the ceilings on financing for measures to improve the quality of olive oil production in the 2001/2002 production cycle and derogating from Article 3(3) of Regulation (EC) No 528/1999

Published date03 April 2001
Subject MatterOils and fats,European Agricultural Guidance and Guarantee Fund (EAGGF)
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 93, 03 April 2001
EUR-Lex - 32001R0673 - ES

Reglamento (CE) n° 673/2001 de la Comisión, de 2 de abril de 2001, por el que se fijan los límites de financiación de las medidas para la mejora de la calidad de la producción oleícola para el ciclo de producción 2001/02 y se deroga el apartado 3 del artículo 3 del Reglamento (CE) n° 528/1999

Diario Oficial n° L 093 de 03/04/2001 p. 0029 - 0029


Reglamento (CE) no 673/2001 de la Comisión

de 2 de abril de 2001

por el que se fijan los límites de financiación de las medidas para la mejora de la calidad de la producción oleícola para el ciclo de producción 2001/02 y se deroga el apartado 3 del artículo 3 del Reglamento (CE) n° 528/1999

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento n° 136/66/CEE del Consejo, de 22 de septiembre de 1966, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de las materias grasas(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 2826/2000(2), y, en particular, el apartado 11 de su artículo 5,

Visto el Reglamento (CE) n° 528/1999 de la Comisión, de 10 de marzo de 1999, por el que se establecen medidas destinadas a mejorar la calidad de la producción oleícola(3), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 593/2001(4), y, en particular, el apartado 2 de su artículo 3,

Considerando lo siguiente:

(1) El apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CE) n° 528/1999 prevé la fijación, para cada Estado miembro y para cada ciclo de producción de doce meses, de límites máximos de financiación de las acciones destinadas a mejorar la calidad de la producción oleícola y su impacto sobre el medio ambiente que son subvencionables por la Sección de Garantía del FEOGA.

(2) El Reglamento (CE) n° 2236/2000 de la Comisión, de 9 de octubre de 2000, por el que se fijan, para la campaña de comercialización 1999/2000, la producción estimada de aceite de oliva y el importe de la ayuda unitaria a la producción que puede ser anticipada(5), fija dicha producción estimada, incluida la producción estimada de aceitunas de mesa expresada en equivalente de aceite de oliva, en 1945243 toneladas. Esta producción estimada se divide en 754500 toneladas para España, 441000 toneladas para Grecia, 700000 toneladas para Italia, 46991 toneladas para Portugal y 2752 toneladas para Francia. La deducción que se aplica a la ayuda a la producción de esta...

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