Reglamento (CE) nº 1028/2003 de la Comisión, de 16 de junio de 2003, sobre el Reglamento (CE) nº 788/2003 por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Decisión 2003/299/CE del Consejo para las concesiones comunitarias en forma de contingentes arancelarios de determinados productos del sector de los cereales originarios...

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 1028/2003 DE LA COMISIÓN de 16 de junio de 2003 sobre el Reglamento (CE) no 788/2003 por el que se establecen disposiciones de aplicación de la Decisión 2003/299/CE del Consejo para las concesiones comunitarias en forma de contingentes arancelarios de determinados productos del sector de los cereales originarios de la República Eslovaca y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2809/2000 LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1766/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1666/2000 (2), y, en particular, su artículo 9,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 788/2003 de la Comisión, que establece determinadas concesiones en forma de contingentes arancelarios comunitarios para determinados productos agrícolas procedentes de Eslovaquia (3), modificado por el Reglamento (CE) no 970/2003 (4), establece,

entre otras disposiciones, las cantidades de maíz originarias de Eslovaquia.

(2) La Comisión debe fijar un coeficiente único de reducción de lascantidades de los certificados de importación solicitados cuando rebasen el contingente anual. Las solicitudes de certificados de importación presentadas el 9 y 10 de junio de 2003 para el maíz procedente de Eslovaquia ascendían a 6 000 toneladas, cuando la cantidad máxima que puede movilizarse con exención del derecho a la importación de 990 toneladas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Las solicitudes de certificados para el contingente «Eslovaquia» establecido en el Reglamento (CE) no 788/2003 con exención del derecho a la importación para el trigo blando de los códigos NC 1005 10 90 y 1005 90 00, presentadas el 9 y 10 de junio...

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