Asunto T-185/13: Recurso interpuesto el 26 de marzo de 2013 — Continental Wind Partners/OAMI — Continental Reifen Deutschland (CONTINENTAL WIND PARTNERS)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 156/47

Recurso interpuesto el 29 de marzo de 2013 - Sharif University of Technology/Consejo

(Asunto T-181/13)

(2013/C 156/87)

Lengua de procedimiento: inglés

Sharif University of Technology (Teherán, Irán) (representante: M. Happold, Barrister)

Consejo de la Unión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

- Anule el Anexo a la Decisión 2012/829/PESC del Consejo, de 21 de diciembre de 2012, ( 1

) el Anexo II a la Decisión 2010/413/PESC del Consejo, de 26 de julio de 2010, ( 2

) el Anexo al Reglamento de Ejecución (UE) n o 1264/2012 del Consejo, de 21 de diciembre de 2012, ( 3

) y el Anexo IX al Reglamento (UE) n o 267/2012 del Consejo, de 23 de marzo de 2012, ( 4

) en la medida en que afecten a la demandante.

- Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres

Primer motivo, basado en que la Decisión 2012/829/PESC

Consejo y el Reglamento de Ejecución (UE) n o 1264/2012 del Consejo se adoptaron vulnerando el derecho de defensa de la demandante y su derecho a la tutela judicial efectiva. El Consejo incumplió su obligación de fundamentar puesto que la fundamentación del Consejo es insuficiente que la demandante comprenda sobre qué base ha sido sometida a medidas restrictivas. El Consejo vulneró el derecho de defensa de la demandante al denegarle el acceso al expediente del Consejo relativo a ella, denegación que supuso que la demandada no pudiera conocer sus posiciones acerca de la prueba alegada para justificar las medidas que se le impusieron. La falta de fundamentación de la Decisión por parte del Consejo y la denegación del acceso de la demandante a su expediente vulneraron también el derecho de ésta a la tutela judicial efectiva.

Segundo motivo, basado en que el Consejo incurrió en errores manifiestos de apreciación al adoptar medidas restrictivas frente a la demandante. Ésta niega las alegaciones formuladas contra ella y exige al Consejo que pruebe estrictamente los hechos alegados.

Tercer motivo, basado en que las medidas restrictivas que se le impusieron vulneran su derecho de propiedad y son desproporcionadas. La designación de la demandante no se realizó en las condiciones legalmente previstas. Además, el Consejo no tuvo en absoluto en cuenta el hecho de que la

demandante no es una empresa mercantil, sino una institución de educación superior, y los efectos consiguientes de su designación no sólo para ella...

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