Council Regulation (EC) No 1958/97 of 22 September 1997 amending Regulation (EEC) No 1842/83 laying down general rules for the supply of milk and certain milk products at reduced prices to schoolchildren

Published date10 October 1997
Subject MatterMilk products
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 277, 10 October 1997
EUR-Lex - 31997R1958 - ES

Reglamento (CE) nº 1958/97 del Consejo de 22 de septiembre de 1997 que modifica el Reglamento (CEE) nº 1842/83 por el que se establecen las normas generales relativas a la cesión de leche y de determinados productos lácteos a los alumnos en los establecimientos escolares

Diario Oficial n° L 277 de 10/10/1997 p. 0001 - 0001


REGLAMENTO (CE) N° 1958/97 DEL CONSEJO de 22 de septiembre de 1997 que modifica el Reglamento (CEE) n° 1842/83 por el que se establecen las normas generales relativas a la cesión de leche y de determinados productos lácteos a los alumnos en los establecimientos escolares

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) n° 804/68 del Consejo, de 27 de junio de 1968, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la leche y de los productos lácteos (1), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 26,

Vista la propuesta de la Comisión,

Considerando que el apartado 1 del artículo 26 del Reglamento (CEE) n° 804/68 prevé la concesión de una ayuda comunitaria para la cesión a los alumnos de centros escolares de determinados productos lácteos, entre los que se encuentran los del código NC 0403;

Considerando que el párrafo primero del apartado 1 del artículo 2 del Reglamento (CEE) n° 1842/83 (2), precisa la lista de productos lácteos que dan derecho a la ayuda comunitaria; que es conveniente incluir en esa lista el producto «viili/fil» elaborado con leche entera, el cual corresponde al código NC 0403, con objeto de tomar en consideración los hábitos de consumo de determinados Estados miembros,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se añade la siguiente letra en el párrafo primero del apartado 1 del artículo 2 del Reglamento (CEE) n° 1842/83:

«d) "viili/fil" elaborado con leche entera.».

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el séptimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 22 de septiembre de 1997.

Por el Consejo

El Presidente

F. BODEN

(1) DO L 148 de 28. 6. 1968, p. 13. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 1587/96 (DO L 206 de 16. 8. 1996, p. 21).

(2) DO L 183 de 7. 7. 1983, p. 1. Reglamento cuya última...

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