Council Regulation (EEC) No 1340/90 of 14 May 1990 amending Regulation (EEC) No 2727/75 on the common organization of the market in cereals

Published date28 May 1990
Subject MatterAgriculture and Fisheries,Cereals
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 134, 28 May 1990
EUR-Lex - 31990R1340 - ES 31990R1340

REGLAMENTO ( CEE ) NO 1340/90 DEL CONSEJO, DE 14 DE MAYO DE 1990, QUE MODIFICA EL REGLAMENTO ( CEE ) NO 2727/75 POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACION COMUN DE MERCADOS EN EL SECTOR DE LOS CEREALES

Diario Oficial n° L 134 de 28/05/1990 p. 0001 - 0002


REGLAMENTO (CEE) N° 1340/90 DEL CONSEJO

de 14 de mayo de 1990

que modifica el Reglamento (CEE) n° 2727/75 por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los cereales

EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y, en particular, su artículo 43,

Vista la propuesta de la Comisión (1),

Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2),

Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3),

Considerando que la producción de determinados cereales de menor importancia, como el alpiste, mijo y alforfón, se halla en vías de desaparición como consecuencia de los bajos rendimientos y de la falta de ayuda dentro de la organización común de mercado; que dicha producción puede constituir una alternativa válida a las producciones excedentarias de trigo, cebada y maíz y, por consiguiente, y de acuerdo con lo anunciado por la Comisión en su comunicación al Parlamento y al Consejo sobre el desarrollo rural, merece que sea favorecida mediante la concesión de una ayuda por hectárea que haga posible que los productores de las regiones que tradicionalmente cultivan estos productos obtengan una renta comparable a la conseguida con los otros cereales; que, para evitar que la producción de los cereales en cuestión experimente un crecimiento que no guarde relación con las necesidades reales del mercado comunitario, procede limitar la concesión de la ayuda, por una parte, a una superficie máxima por explotación y, por otra, a los productores que puedan presentar un contrato de cultivo;

Considerando que, dentro de las medidas relativas al desarrollo rural, el Reglamento (CEE) n° 1346/90 (4), ha establecido un régimen de ayuda para los pequeños productores de determinados cultivos herbáceos; que este régimen incluye también a los pequeños productores de cereales para los que existe ya un régimen específico en virtud del Reglamento (CEE) n° 2727/75 (5), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) n° 201/90 (6);

Considerando que el régimen establecido por el Reglamento (CEE) n° 1346/90 constituye una alternativa al régimen...

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